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Año XVI, 20 de mayo de 2024


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Comisión de Seguridad de la Cámara inició tramitación de nueva Ley Antiterrorista

El Ejecutivo, a través de la ministra del Interior, Carolina Tohá, presentó ante la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados el proyecto que establece una nueva Ley antiterrorista.

Diario UChile

  Jueves 9 de mayo 2024 8:38 hrs. 
La ministra Carolina Toha durante la Comision de Seguridad
Sebastian Cisternas/Aton ChileLa ministra Carolina Toha durante la Comision de Seguridad Sebastian Cisternas/Aton Chile

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El Ejecutivo, a través de la ministra del Interior, Carolina Tohá, presentó ante la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados el proyecto que establece una nueva Ley antiterrorista.

El texto fue ingresado a trámite en el Congreso Nacional en agosto de 2023, en el marco del acuerdo de avanzar en una agenda de seguridad. El Senado lo despachó el pasado 2 de mayo, iniciativa que fusionó con cuatro mociones de senadores en la misma línea.

La ministra Tohá explicó el detalle de la norma en trámite y destacó que dictar una nueva ley antiterrorista se hace cargo de cómo ha evolucionado el terrorismo.

En particular, el texto aborda cuatro tipos delictivos:

– Crea el delito de asociación terrorista (toda organización de tres o más personas). Se sanciona formar parte de ella y las funciones que se cumplen en la misma. Se considera para su tipificación la permanencia en el tiempo (ausencia de espontaneidad), el catálogo de delitos y el conjunto de objetivos o métodos que se utilizan.

– Las características o finalidad (basta uno de estos) que se buscan, tales como: socavar las estructuras del estado democrático; inhabilitar o afectar la infraestructura crítica; imponer o inhibir decisiones del Estado; métodos que tienen la actitud de desmoralizar o someter a la población civil y el generar un temor generalizado.

Se sanciona el delito de terrorismo individual, conexo o inconexo (figura del lobo solitario)

– Se incorporan nuevas figuras orientadas a favorecer el accionar terrorista. Tales como amenazas, robos, receptación, lavado activos, delito de tráfico o delitos informáticos, entre otros.

– Se establece el delito de financiamiento del terrorismo. Se sanciona a quien, no formando parte de una asociación terrorista, provea o recolecte fondos para cometer acciones terroristas.

El texto, además, incorpora normas similares a las contempladas en la legislación sobre crimen organizado.

Asimismo, se añade una figura de sobreseimiento definitivo a quienes colaboran con información relevante para identificar a los miembros o que permitan desbaratar una asociación terrorista. Se excluye en esta figura algunos delitos como homicidio o delitos sexuales.

También se contempla subir la penalidad en caso de funcionarios públicos involucrados.

Y, se disponen técnicas especiales de investigación. En particular, se faculta al fiscal del Ministerio Público a cargo de una investigación, previa autorización judicial, para intervenir una o más redes de servicios de telefonía o de transmisión de datos móviles.

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