En conversación con la primera edición de Radioanálisis, la académica del Departamento de Ciencias del Derecho de la Universidad de Chile, Paula Ahumada, se refirió a los alcances de la propuesta constitucional que se votará el domingo 17 de diciembre.
En relación a las implicancias que encierra la propuesta sobre los derechos de las mujeres, la docente comentó que el texto “asume un problema público que es el tema de la desigualdad en términos de género; sin embargo, no avanza lo suficiente en algunos aspectos y en otros en realidad pone en riesgo lo alcanzado en materia de permitir la interrupción voluntaria del embarazo en las tres causales”.
Para Ahumada, “hay una dimensión de participación política en la cual la propuesta recoge en parte una preocupación legítima, que es la participación de las mujeres en la esfera pública política. En el fondo, reconoce que existe el problema”.
Respecto de cómo las constituciones se hacen cargo de los cambios sociales, remarcó que “se hace cargo de varios temas, por ejemplo, reconoce el derecho o el valor que tienen los cuidados, pero también tenemos que mirar en cuanto a que quizá no se pone al día con las aspiraciones legítimas que tenemos en términos de la igualdad entre hombres y mujeres, porque habla de acceso equilibrado a las candidaturas, no se sabe qué vamos a entender por esto, está limitado también en las normas transitorias a un equilibrio entre 60-40 del porcentaje, pero está limitado en el tiempo, etc.”.
“Toda norma requiere de una interpretación y en esa interpretación finalmente quien ejecuta la norma son los tribunales. En ese punto, por ejemplo, lo dijo muy claramente Luis Silva. Creo que Silva nos ha transformado a todos en realistas jurídicos”, expresó.
En esa línea, Ahumada ejemplificó: “Un juez o una jueza puesta en el caso de objetar la norma de interrupción voluntaria del embarazo por inconstitucional y hacer el contraste abstracto con esta modificación de la regulación del derecho a la vida y de la protección de la vida de quien está por nacer, se va a preguntar legítimamente ¿por qué el constituyente cambió los términos? Entonces, creo que sí abre una puerta (a que pueda poner en riesgo dicha ley)”.
En cuanto al establecimiento de la inexpropiabilidad de los ahorros de las AFPs y la posibilidad de que la norma pueda impactar en la denominada ley “Papito Corazón”, Ahumada señaló que “el problema no es la prohibición de expropiar los fondos, sino que dice, además, que el Estado no puede apropiarse de ninguna forma, o sea, va mucho más allá de ser o no expropiable”.
“Entonces, en ese punto creo que sí efectivamente podría poner en riesgo la norma, de retener los fondos previsionales para efectos del cumplimiento de las responsabilidades parentales”, afirmó.
En tanto, en materia de educación, la académica planteó que “hay una tríada de derechos que protegen los proyectos educativos privados y, coincido en que esto es una de las cosas que más me preocupa, se abre completamente, se constitucionaliza la posibilidad o el derecho de los padres de educar directamente a los hijos. Esto viene absolutamente importado de Estados Unidos, del famoso ‘homeschooling’, y la posibilidad que grupos que tienen creencias, obviamente legítimas, puedan agruparse y educar directamente a los niños, evitando, por ejemplo, la educación pública completamente”.