Este miércoles en el Diario Oficial se publicó la ley N° 21.561 que modifica el Código del Trabajo y que reduce la jornada laboral, más conocida como la Ley de las 40 horas semanales. Con esto, la norma comienza a regir oficialmente en Chile, aunque se implementará con una gradualidad de cinco años.
En su artículo principal, la ley establece que “la duración de la jornada ordinaria de trabajo no excederá de cuarenta horas semanales y su distribución se podrá efectuar en cada semana calendario o sobre la base de promedios semanales en lapsos de hasta cuatro semanas, con los límites y requisitos señalados en este capítulo”.
Asimismo, menciona que “quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo los trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas”.
También consigna que “mediante negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y sólo respecto de sus afiliados, se podrá acordar que el tope semanal contemplado en el inciso primero se amplíe a cincuenta y dos horas en cada semana, aplicándose los demás requisitos y criterios contenidos en los incisos anteriores”.
En cuanto en lo relativo a las medidas de corresponsabilidad, la norma contempla que “los trabajadores madres y padres de niños y niñas de hasta doce años, y las personas que tengan el cuidado personal de éstos, tendrán derecho a una banda de dos horas en total, dentro de la que podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida al final de la jornada”.
Cabe destacar que la iniciativa, a seis años de su ingreso al Congreso Nacional, fue aprobada por una amplia mayoría en la Cámara de Diputadas y Diputados el pasado 11 de abril, concluyendo su tramitación legislativa con un respaldo de 127 votos a favor, 14 en contra y tres abstenciones.