La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó un fallo en el que llama a sus Estados miembros a reconocer los derechos de las parejas del mismo sexo.
En este sentido, el organismo internacional consideró como “necesario” que el matrimonio no se limite a uniones heterosexuales: “(…) el Tribunal sostuvo que para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas y, por ende, optó por extender las instituciones existentes a las parejas compuestas por personas del mismo sexo –incluyendo el matrimonio–, de conformidad con el principio pro persona. La Corte consideró que este sería el medio más sencillo y eficaz para asegurar los derechos derivados del vínculo entre parejas del mismo sexo”, sostuvo la organización a través de un comunicado.
Asimismo, el organismo determinó que ‘‘el reconocimiento de la identidad de género por el Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas trans’’.
“Esto incluye, entre otros derechos, la protección contra todas las formas de violencia, la tortura y malos tratos, así como la garantía del derecho a la salud, a la educación, al empleo, la vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión, y de asociación”, añadieron.
Este fallo surge luego de que Costa Rica elevara una solicitud para que el tribunal se pronunciara sobre el derecho de la población transgénero a cambiar legalmente su identidad.
Desde Chile, en tanto, valoraron el pronunciamiento. Rolando Jiménez, vocero del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), manifestó que este es “un hecho histórico”, ya que este fallo no se limita solo a Costa Rica, sino que también a los 20 países miembros del organismo, entre ellos, Chile.
Revisa aquí la declaración del CIDH.