Suprema confirma que ministerio de Hacienda no podrá controlar conductas de funcionarios


La Corte Suprema ratificó que el ministerio de Hacienda no podrá aplicar un instructivo de control de comportamiento de funcionarios públicos que participan de las movilizaciones del sector.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal, Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Nelson Pozo, ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había acogido un recurso de protección presentado por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF).

La resolución confirma en todas sus partes la determinación de los ministros de la Sexta Sala del tribunal de alzada Alejandro Madrid, Gloria Solís (suplente) y la abogada integrante María Teresa Hoyos, quienes acogieron la acción cautelar presentada en contra del “Acta de constancia de ausencia de funcionarios en sus labores funcionales”, utilizado para controlar a los empleados públicos en días de paro.

El acta -emitida en agosto pasado- instruía a las jefaturas registrar la asistencia de los funcionarios en los días que se convocaba a paros u otras movilizaciones, como también los atrasos por consumo de cafés y tiempo de demoras en idas a servicios higiénicos, entre otros.





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