Piden acelerar proyecto que permite presentar demandas colectivas después de fallos del TDLC

La idea es que las causas no prescriban, por lo que se tomará el día del fallo del Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia como el inicio del periodo para desarrollar las diligencias. Esto porque en casos como el de la colusión de las farmacias, la forma más expedita para obtener reparaciones monetarias por perjuicios es a través de demandas colectivas.

La idea es que las causas no prescriban, por lo que se tomará el día del fallo del Tribunal de la Defensa de la Libre Competencia como el inicio del periodo para desarrollar las diligencias. Esto porque en casos como el de la colusión de las farmacias, la forma más expedita para obtener reparaciones monetarias por perjuicios es a través de demandas colectivas.

El diputado Fuad Chahín, junto al presidente de la Corporación Nacional de Usuarios y Consumidores, (Conadecus), Hernán Calderón, llamaron al Gobierno a que ponga urgencia al proyecto de ley que permite que una vez emitidas las sentencias  del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, las personas puedan demandar colectivamente para la reparación o indemnización por el mal causado.

El presidente de Conadecus, Hernán Calderón explicó que “si bien no vamos a poder resolver el problema en el que estamos hoy, porque no hay ninguna posibilidad de poder demandar a las farmacias, para los casos futuros va a estar incorporado todo lo referente a las infracciones al decreto de ley 211 (libre competencia) y sería un avance importante que esto también pudiera añadirse a la Ley del Consumidor”.

Precisamente, la iniciativa legal busca que fallos del Tribunal de la Libre Competencia o de otras entidades reguladoras que sancionen faltas en este ámbito permitan que desde ese momento se puedan establecer demandas colectivas.

Esto, porque en estos casos como el de la colusión de las farmacias es difícil entablar una demanda dada la poca significancia del monto con el podría haber sido perjudicado, considerando además los costos de emprender una acción judicial.

“El único camino que tienen los consumidores cuando hay un daño que no es significativo, pero sí importante para su bolsillo, por ejemplo que hayan sido perjudicados en 150 mil o 200 mil pesos, lo único que sirve es la demanda colectiva porque el daño individual es menor, pero en su conjunto es considerable”, precisó Calderón.

Actualmente estos delitos, dados sus largos plazos de investigación y tramitación, se prescriben; como es el caso de lo ocurrido recientemente con las farmacias, lo que impide la presentación de una demanda colectiva.

Ahora se buscará que apenas hecho un fallo de un tribunal jurisdiccional se pueda hacer una demanda, con lo que la prescripción, no contaría desde el inicio de cometida la infracción.

Además, frente a las dificultades para establecer daños particulares en este tipo de casos, se buscará con el proyecto que se enfatice en los daños colectivos.

Por esto se buscará que sea un juez el monto de la compensación, y cómo se hará ésta, la que por ejemplo podría ser una disminución general de precios, en el caso de tratarse por ejemplo de un caso como el de la colusión de productores avícolas.





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