En el día de la asunción al cargo de alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá manifestó que había resuelto mejorar la calidad de vida de los habitantes que residían en el sector Nº 5 del Plan Regulador Comunal (PRC), Matta Sur y Franklin, y que, para ello, era indispensable conforme a lo establecido en el artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), congelar a la brevedad posible los permisos de edificación en altura para esa zona en la respectiva Dirección de Obras.
Transcurrieron los días y los actores que se desenvuelven en la actividad inmobiliaria empezaron a ingresar avalanchas de solicitudes de aprobaciones de anteproyectos que contenían las permisivas normas de edificación que era necesario modificar.
Los privados interesados en que todo continuara igual para seguir construyendo elevadas, y por lo tanto muy lucrativas torres residenciales, presionaron al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para que la Secretaria Regional Ministerial (Seremi) de la región metropolitana le exigiera a la alcaldesa que, previo al congelamiento, cumpliera con una exigencia contenida en el artículo 1.4.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), la que nunca antes se había pedido para otros casos similares.
La alcaldesa cumplió con esa inédita exigencia y por ello la Seremi aludida el 18 de enero pasado dio su conformidad a la decisión municipal.
Así las cosas, se acaba de publicar (24/01/13) en el Diario Oficial dicho congelamiento por 3 meses, los que, en la práctica se transformarán en 12 meses por una sola vez, en el entendido de que los resultados de los estudios urbanísticos estarán concluidos e informados favorablemente por la Seremi antes del reseñado plazo para que así se incorporen en el PRC.
¿Qué dijo la municipalidad de Santiago para justificar el cambio normativo?
Invocó la conveniencia de evitar los efectos de un desarrollo no deseado por el instrumento de planificación en proceso de aprobación, que destruya el patrimonio histórico arquitectónico de los Barrios Matta y Franklin. Ante tal escenario depredador se hacía necesario adoptar esta medida de bien general.
En lo principal se decretó el congelamiento para los permisos de edificación sobre 3 pisos de altura en el sector I, sobre 5 pisos de altura en el sector II y sobre 7 pisos de altura en el sector III, todos en el sector Nº 5 Matta- Franklin, de acuerdo a lo graficado en el plano Nº 168, escala 1:10.000, elaborado por la Asesoría Urbana de esa municipalidad.
En la Dirección de Obras correspondiente han ingresado infinidad de solicitudes de anteproyectos, la gran mayoría de ellas sin que las empresas peticionarias sean las dueñas de los predios en donde intentan construir sus torres y por ello es necesario tener en cuenta, al contrario de lo que afirman los relacionados con la industria inmobiliaria, que sólo los permisos de edificación aprobados antes de la vigencia del congelamiento se liberan del mismo.
Los anteproyectos son actos administrativos preliminares que generan solo expectativas de negocios a sus poseedores.