Este martes, la comisión de Recursos Hídricos del Senado inició el análisis y la votación particular de las indicaciones ingresadas a la Reforma al Código de Aguas.
En total, se ingresaron 91 indicaciones al texto que fue aprobado en la Cámara de Diputados, en noviembre de 2016. En esta primera sesión, se aprobaron diez de ellas, algunas de las que ingresó el Ejecutivo, representado por el Director General de Aguas (DGA), Carlos Estévez.
La comisión aprobó por cuatro votos a favor y una abstención la prevalencia de la disponibilidad del agua para el consumo humano, de subsistencia y el saneamiento en el otorgamiento como en la limitación al ejercicio de los aprovechamientos. En esa línea, se estableció que no podrá utilizarse dicha agua para fines distintos.
Mientras que por unanimidad se ratificó que “al caducar, extinguirse o producirse la renuncia de un derecho de aprovechamiento, las aguas quedarán libres para ser reservadas por el Estado de conformidad con lo dispuesto en este artículo y para la constitución de nuevos derechos sobre ellas”.
Para los parlamentarios lo que complica el debate es la definición de la temporalidad de los derechos de aguas que restan por otorgar, es decir, la nueva norma que regirá para el 10 por ciento de los aprovechamientos de agua a nivel nacional porque el otro porcentaje ya cuenta con titulares.
Pese a que los senadores de oposición aprobaron algunos de los artículos, insistieron en que en el debate posterior mantendrán su reserva de constitucionalidad respecto de la limitación a las concesiones por no uso y por la temporalidad de los nuevos derechos de aguas.
En abril pasado uno de los puntos que planteó la DGA fue que se cambiaría la redacción original que contemplaba una revisión de los derechos luego de 30 años, pero para evitar dudas interpretativas señaló que se mantendría por un plazo indefinido los derechos ya otorgados. Este martes, la autoridad del organismo, Carlos Estévez, sostuvo que manejan argumentos sólidos para desestimar la perpetuidad de los nuevos derechos.
El fantasma del Tribunal Constitucional
La senadora del PPD y presidenta de esta instancia, Adriana Muñoz, reconoció que este no ha sido un debate “sano” porque se avanza en la discusión, pero siempre con el “fantasma” del Tribunal Constitucional que puede revocar muchos de los puntos aprobados.
En esa línea, interpeló a los senadores de oposición a que se haga un “cambio necesario ante la escasez del agua y no ideológico”.
Ante esto, el senador de Renovación Nacional, Francisco Chahuán, dijo que no se ha desconocido el carácter de bien nacional de uso público que tiene el agua, lo que, a su juicio, debería estar establecido a nivel constitucional.
Sin embargo, insistió en que existen planteamientos que generan incertidumbre para varios sectores que hacen uso de este recurso y de no quedar aclaradas en el Parlamento recurrirán al Tribunal Constitucional, que, en su opinión, no sería una amenaza para el proyecto.
De acuerdo a los datos que se dieron a conocer en esta sesión, el Ministerio del Interior ha decretado 29 comunas en catástrofe hídrica. La DGA explicó que a estos municipios se les entregan mayores recursos para enfrentar la situación, pese que la escasez hídrica se extiende a más comunas a nivel nacional. Es aquí donde debe prevalecer la disponibilidad de agua para el consumo humano y la subsistencia, enfatizó el organismo.
También se precisó que el uso de agua para subsistencia es sinónimo de preservar el derecho a la vida, como mantener huertas y animales para el consumo propio y no para la comercialización.
La FAO también considera que ante la situación de sequía se deben garantizar superficies de riego para producir alimentos que las personas o comunidades requieren para vivir. Se aclara que en este caso no se considera el uso suntuario del agua, es decir, para actividades no vitales donde se derroche el recurso.
La DGA apuntó la necesidad de garantizar el agua suficiente, asequible y en buena calidad a los poblados. Aunque hizo el alcance de que hasta ahora no hay fundamentación sobre qué se entiende por suficiente porque se estaría entendiendo sólo un mínimo alimentario.