Huelga de hambre


Miércoles 18 de julio 2018 17:39 hrs.


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Señor Director:

En dependencias de la Casa Central de la Universidad de Chile, y desde el 1 de julio primero tres y actualmente cinco jóvenes, mapuche y no mapuche están llevando a cabo una huelga de hambre. Ella busca apoyar la segunda huelga de hambre que ha llevado a cabo en este año el  Machi Celestino Córdova, quien a su vez la mantiene en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco, desde hace más de 40 días.  Entre los jóvenes en huelga en Santiago, se contó hasta hace pocos días a un estudiante de derecho de la U. Chile y actualmente a un ex estudiante U. Chile. También en el Centro Penitenciario de Temuco, otras dos personas (hermanos Trangol) se han unido a esta iniciativa, sumando a la fecha siete personas además del Machi.

Estos actos de apoyo buscan llamar la atención de la ciudadanía y tanto en las motivaciones como en el tratamiento que las autoridades gubernamentales y universitarias les den, debe considerase los estándares de derechos humanos.

La situación del Machi Celestino Córdoba se debe a la denegacion de un permiso de 48 hrs. que el Machi solicitó para la renovación del Rewe de su comunidad. Este permiso ha sido denegado en forma sistemática, pese a que el estándar internacional  fijado por el  Convenio Nro 169 de la OIT, vigente en Chile desde 2009, garantiza el derecho de los pueblos indígenas a la integridad de su cultura, derecho del cual gozan, junto con sus demas derechos humanos, aún en cumplimiento de una sanción de privación de libertad.

Un machi que no puede acceder a su Rewe contrae el “kutran” o enfermedad mapuche, que lo va sumiendo poco a poco en un estado de deterioro físico. La huelga de hambre en estas circunstancias lo hace peor aún. Dada el peligro para la salud del Machi, es verosímil que actos de apoyo, incluyendo las huelgas de hambre solidarias se multipliquen y mantengan en los próximos días, como ha ido sucediendo.

La huelga de hambre es un medio de reclamo, tanto de conciencia personal como repertorio de protesta social, que por su naturaleza consiste en una medida extrema, en cuanto se tensionan valores centrales del individuo, pero en el ejercicio de derechos fundamentales, en particular del derecho a la vida, en el sentido del derecho a una vida digna y el derecho a la libertad. La causa justa que anima a estas huelgas de hambre es la denegación arbitraria de un derecho de un condenado por una sentencia penal de su derecho a practicar su propia espiritualidad como autoridad del Pueblo Mapuche. Lo extremo de la medida se plantea en un contexto donde se está forzando al máximo un enfoque criminalizador y punitivo en las relaciones entre Estado y Pueblo Mapuche.

Las autoridades que tengan a su cuidado la integridad física y psíquica de las personas que hacen huelga de hambre, en el caso de la U. Chile, la autoridad universitaria, deben obrar teniendo presente tanto sus responsabilidades con los huelguistas como el respeto por el ejercicio de sus derechos, considerando siempre, la idoneidad, necesidad y ponderando las medidas que se vayan a tomar para cuidar de la integridad de la vida de las personas en conjunto con  su dignidad como sujetos autónomos.

 

Myrna Villegas D. Directora (s) Centro de Derechos Humanos.

Nancy Yañez F. Directora Centro de Interculturalidad y Derecho.

Salvador Millaleo H. Investigador y Editor Anuario de Derechos Humanos

Facultad de Derecho. Universidad de Chile

El contenido vertido en esta Carta al director es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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