Elección de Gobernadores Regionales: una oportunidad impostergable

  • 31-01-2019

La Ley 21.073 que regula la elección de Gobernadores Regionales es una oportunidad impostergable  para nuestro país y todos sus territorios. Examinemos tres buenas razones:

  1. La Ley establece que este proceso se iniciará a partir del año 2020, junto con las elecciones municipales, dicha disposición es una excelente oportunidad de ejercicio democrático. El hecho de celebrarse en la misma ocasión representa una concentración de energía y esfuerzos cívicos que pueden ser muy eficientes.
  1. Constituye la posibilidad cierta de iniciar un proceso descentralizador a nivel regional, provincial y comunal. Las regiones, provincias y comunas tendrán la posibilidad de crecer, deliberar, asumir sus realidades sólo cuando se enfrenten a ello, eligiendo en primer lugar a sus Gobernadores democráticamente.
  1. Las etapas establecidas en la Ley otorgan una gradualidad razonable que sólo parte cuando el proceso se inicia efectivamente. El proceso de regionalización iniciado en dictadura ha llevado consigo una tutoría y sumisión a cargo de intendentes nombrados por los presidentes que han sometido los gobiernos regionales a la voluntad de los gobiernos centrales de turno, favoreciendo incuestionablemente la inversión centralizada.

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Esta decisión, la Ley 21.073 representa al mismo tiempo la puerta y las  ventanas abiertas para hacernos cargo de nuestra diversidad así como también de iniciar un efectivo proceso de colaboración interregional y no de competitividad interregional, porque para eso somos un territorio país.

Sabemos que los actuales consejeros regionales elegidos en 2017 cumplirán su período hasta el año 2022. Ello lejos de ser un problema, puede favorecer el ejercicio de los gobernadores recién iniciados. También sabemos que los gobernadores electos en 2021 estarán tres años en sus cargos, para así coincidir con las elecciones territoriales y retomar la periodicidad de los cuatro años en conjunto con los gobernadores regionales.

El requisito para ser electo gobernador que establece la residencia en la región respectiva, a lo menos dos años antes de la elección, otorga una seriedad de representatividad básica tanto a los residentes de las regiones como a quienes aspiran a gobernarlas.

Habiendo elegido a los gobernadores regionales se podrá evaluar con mejor rigor la Ley de Rentas Regionales, así como el Reglamento para la aplicación de la Ley  19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración  Regional.

Los procesos de identidades territoriales se verán enormemente iluminados y fortalecidos teniendo en sus cabezas a hijos de sus tierras. Es el momento de afinar punterías los candidatos a tan nobles cargos.

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El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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