Desde hace algunos años la ciudadanía está más informada y por ello ha estado haciendo valer sus derechos urbanos en las instancias administrativas y judiciales, pues muchos actores inmobiliarios han obtenido, de parte de las Direcciones de Obras Municipales (DOM), innumerables permisos de edificación contrarios a derecho, lo que ha significado la emisión de unos cuantos de dictámenes de la Contraloría General de la República y fallos de la Corte Suprema, que han establecido las ilegalidades de esos permisos. El caso más bochornoso es el conocido como los guetos verticales edificados con aproximadamente 60 permisos ilegales en la comuna de Estación Central.
Como consecuencia de ello, hábilmente la Cámara Chilena de la Construcción (CCHC) y los titulares de esos actos administrativos ilícitos, con el apoyo corporativo de esa industria, entre todos ellos, han ejercido una feroz campaña de desprestigio en contra de la Contraloría argumentando que dicho ente fiscalizador no tiene atribuciones para revisar este tipo de permisos. Estos influyentes empresarios sabían que la Contraloría sí tiene que ejercer su rol de control de los permisos que les son denunciados, pero aprovechando sus íntimas relaciones mercantiles con la prensa en papel tradicional y con la televisión, han estado repitiendo la monserga indicada.
Como sus vociferantes reclamos no han surtido efecto, ni en la Contraloría ni en los tribunales de justicia, estos empresarios recurrieron ante el Ministerio de Vivienda y ante el Ministerio de Economía para que, entre ambos servicios del Estado, buscaran fórmulas de ayuda a sus intereses privados. Con el razonamiento de que había que combatir la burocracia, el segundo de estos ministerios, señaló públicamente que era urgente otorgar mayor certeza jurídica a estos permisos y además agilizar sus otorgamientos por parte de las DOM.
Y el lunes 30 de septiembre pasado se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 14 que modificó la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), que es el reglamento de la ley respectiva, firmado por el presidente Sebastián Piñera en conjunto con el ministro del ramo Cristián Monckeberg. Algunos medios de prensa ingenuamente aseguraban que con ese Decreto se establecía a todo evento la certeza jurídica para tales permisos, conforme al deseo de los grupos inmobiliarios.
Pero curiosamente, el mismo día 30 de Septiembre, lo que significa un evidente acuerdo a través de lobbystas, el diario El Mercurio en primera página, con letras grandes, publica “Vivienda fortalece legalidad de los permisos de edificación emitidos por directores de Obras Municipales” y el diario La Tercera, también destaca la noticia en su portada, con título “Minvu emite decreto que destraba proyectos inmobiliarios”, con lo cual la opinión pública profana en esta materia, tuvo que creer esa mentira divulgada con tanto interés. Y en editoriales posteriores esos medios insistían en que el asunto estaba resuelto con dicho Decreto Supremo respecto de la buscada certeza jurídica.
Está claro que la voraz industria de la construcción intentaba darle una aureola bendita a todos los permisos de edificación, aunque fueran contrarios a derecho, pero ello no fue posible en la tramitación y posterior publicación del mencionado Decreto Supremo, ello por la vigencia desde el año 2003 de la Ley Nº 19.880 del Procedimiento Administrativo, teniéndose en cuenta que un reglamento no puede ir en contra de una ley.
En ese Decreto Supremo se agregó al artículo 1.1.3 de la OGUC que “los permisos, aprobaciones y autorizaciones emitidas por los Directores de Obras Municipales gozan de una presunción de legalidad, de imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios……..”, expresión contenida en la referida Ley Nº 19.880, luego hubo un copy-paste, pero el Minvu omitió aludir que esta misma ley manifiesta con suma claridad que “la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto”. Esta puntual situación era sobradamente conocida por ambos diarios y si la omitieron fue por la acción de los interesados.
En resumen, aquí nada cambió. Razón por la cual todos los permisos mal otorgados pueden y deben ser objetados administrativamente, ya sea en la propia DOM, ante el alcalde, en la Seremi de Vivienda y Urbanismo y en la Contraloría y si se desea en los tribunales de justicia optándose por la vía jurisdiccional y desde esta tribuna, que sí cultiva la libertad de expresión, le decimos a los pechugones inmobiliarios que la certeza jurídica se obtiene con proyectos que respeten el estatuto legal aplicable, lo que es relativamente sencillo.
Por lo anterior, si la CCHC y sus asociaciones empresariales adláteres, aspiran a que el mercado funcione correctamente, sin información privilegiada y con actores que compitan lealmente en la oferta de viviendas y equipamientos comerciales, se debe hacer una profunda reingeniería al interior de esa industria.