El pasado 9 de abril de 2020, la Octava Sala de la Corte de Apelaciones integrada por los Ministros/as Juan Cristóbal Mera Muñoz, Mireya Eugenia López Miranda y el abogado integrante Cristián Lepin Molina, dictó sentencia en torno al secuestro, tortura, homicidio y desaparición forzada de 17 personas.
Los acusados, todos vinculados a la DINA, fueron condenados en primera instancia, por los delitos que se les imputaban, pero el mencionado tribunal procedió a revocar este fallo y otorgar pena sustitutiva por lo cual ninguno de los genocidas sería encarcelado por esta causa, es importante saber que muchos de estos criminales han sido condenados en innumerables causas, por lo tanto, no obtendrán su libertad.
Entre los acusados está el señor Ricardo Lawrence, director de operaciones de la DINA, el que se encontraba prófugo de la justicia hasta hace poco y Pedro Espinoza, ambos reconocidos criminales.
Este fallo, que es apelable ante la Corte Suprema, vuelve a poner a los tribunales y al sistema de justicia en general, en la vergüenza y la impunidad, si acaso nunca han abandonado este sitial.
Como sabemos, este fallo va en contra de todos los tratados internacionales que nuestro país ha firmado, de manera que se tuvo que esperar este momento de enfermedad y oscuridad para intentar imponer el dolo mediante la ya sabida prevaricación de jueces como estos. El art. 5 en su inciso 2 de la actual Constitución dice: “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes.” (el texto constitucional cita al pie los documentos de DDHH firmados por Chile.)
Cómo se reacciona ante la aberración
El movimiento social y en particular las organizaciones de DDHH de nuestro país no dejarán pasar sin más este atropello a la decencia y la justicia.
Esto será posible porque durante años se ha promovido una cultura de respeto a los DDHH en nuestro país, y si bien, es responsabilidad del Estado que estos se garanticen y protejan, su vigencia y respeto será el resultado de la vigilancia activa de personas con un pensamiento crítico e informado.
Ésta es una labor de todo un pueblo, no sólo de los ciudadanos, menos en nuestro país en donde se les niega esta credencial a miles sino millones de jóvenes, marginados y discriminados.
Somos todos y cada uno de nosotros los que debemos en consecuencia, reforzar esta cultura de los DDHH y en especial en nuestro sistema educativo, en donde se construyen y conocen los fundamentos de las relaciones sociales, del respeto y de la justicia.
Fallos como estos muestran el lado oscuro de nuestra sociedad, y llaman a los miembros de la comunidad educativa a reforzar las dimensiones de la educación que ponen en el centro la participación, la soberanía popular, el desarrollo de las personas y la justicia, ejes de la cultura de los Derechos Humanos.
Pero ¿cómo es posible que, a pesar de lo evidente, algunos pretendan que un fallo como éste pueda llegar a puerto?, ¿Cuál podría ser el fundamento de esta línea de acción?
Por desgracia, la respuesta está en una evidencia contundente, la impunidad sigue instalada de forma tal que los violadores de DDHH si bien son sancionados en algunos casos, tienen condiciones de encierro privilegiadas.
Al mismo tiempo, las instituciones encargadas de la protección de todos nosotros, se ensañan con disparos y agresiones fuera de proporción y sin control, miles de jóvenes presos durante meses sin que exista un proceso ni siquiera una acusación que fundamente su reclusión y como contra partida estos 17 genocidas, que torturaron, asesinaron, desaparecieron a personas y cuya culpabilidad está más que probada, son absueltos sin que exista una explicación válida, y lo que es más grave, sin aplicar las normas vigentes, comenzando por esta propia Constitución que se hizo de espaldas al pueblo.
Entonces, parece que no basta con promover los DDHH como fundamentos del orden social, no basta con promover el respeto, la dignidad y la justicia si éstos están siendo desconocidos por la propia autoridad que está llamada a garantizarlos.
Todo indica que es imprescindible instalar de una vez el ejercicio de la soberanía popular, que se funda en uno de los principios primarios de los DDHH, la libre determinación de los pueblos. Esto implica fomentar el desarrollo de las organizaciones sociales, la promoción de la participación activa de las personas en sus comunidades, en sus trabajos, y en las iniciativas y desafíos que tenga el país, y en particular, en nuestro caso, en la generación de una nueva Constitución, que impida la prevaricación de jueces como los que motivan este texto, una nueva Constitución que reorganice las instituciones de la República de manera que éstas estén al servicio del bienestar de su pueblo y que fortalezcan el desarrollo integral de las personas promoviendo un sistema educativo basado en la gratuidad, la calidad y la equidad.
De esta forma, junto con la promoción de los DDHH y de los valores que los sustentan, uno de los desafíos es contar con una educación pública que se instale como la primera piedra de un orden social, basado en el respeto a la dignidad de las personas y del pueblo.
*El autor es profesional del Centro de Estudios Saberes Docentes, de la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad de Chile, y Consejero Nacional de la Comisión Chilena de Derechos Humanos.