Rector Ennio Vivaldi presenta iniciativa de norma sobre derecho a la educación ante la Convención Constitucional

Derecho a la educación: pública, gratuita, laica y de calidad es el nombre de la propuesta de norma constitucional que fue presentada este lunes ante la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional.

Derecho a la educación: pública, gratuita, laica y de calidad es el nombre de la propuesta de norma constitucional que fue presentada este lunes ante la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional.

Este lunes 7 de marzo, la Convención Constitucional comenzó a deliberar uno de los temas más presentes dentro de las demandas sociales levantadas tras el estallido social de 2019: los derechos sociales y, en específico, el derecho a la educación. Quien abrió los fuegos de esta etapa fue el Rector de la Universidad de Chile, Ennio Vivaldi, quien -en representación del Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECH)- presentó la iniciativa popular de norma referida al acceso a la educación pública. Dicha norma logró ser parte oficial del debate constitucional, luego que superara el piso mínimo de apoyo popular de 15 mil firmas, alcanzando un total de 19.529.

La norma presentada apunta hacia un gran objetivo: la consagración del derecho a la educación pública, gratuita y transversal, concepto que destacó el Rector Vivaldi en el Hemiciclo del Ex Congreso Nacional, en donde por 10 minutos expuso el fin que persigue esta iniciativa.

“Hay conceptos claves que se olvidaron en Chile. Primero, el concepto de Estado proveedor. El Estado cuando es proveedor tiene el deber de entregar educación de buena calidad. Segundo, el Estado regulador, cuando el Estado no es proveedor, como ocurre en la educación privada. El Estado tiene la obligación de garantizarle a quienes incurren a ella mínimos de calidad”, explicó Vivaldi.

El Rector de la Casa de Bello enfatizó en la necesidad de fortalecer el concepto de lo público y las garantías que debe brindar el Estado para su consagración, lo que se encuentra en el espíritu de la norma presentada. “El concepto de un Estado proveedor es que tiene el derecho y el deber de ofrecer educación a todos los jóvenes chilenos. Nosotros no tendríamos premios Nobel si no fuera por la educación pública chilena. El país necesita educación pública y cada uno de los chilenos, si nos tomamos en serio el liberalismo. Y la posibilidad de cada persona de desarrollarse como individuo depende de que tenga efectivamente la oportunidad de concurrir a una educación pública, de calidad, laica y gratuita, y ese deber es lo que nosotros estamos propugnando en esta norma”, puntualizó.

¿Qué propone la norma?

La norma que será debatida y votada al interior de la Convención plantea los siguientes puntos:

  • Establecer y conceptualizar el derecho a la educación garantizado para todas las personas que habitan el país.
  • Disponer que el Estado proveerá educación pública, laica y de calidad, a través de establecimientos educacionales propios, en todos los niveles de enseñanza y territorios del país, debidamente articulados, para satisfacer el derecho a la educación, con gratuidad en los niveles obligatorios y en los estudios superiores que establezca la ley.
  • Reafirmar que la educación parvularia, básica y media son obligatorias.
  • Establecer el derecho de particulares para crear, organizar y mantener establecimientos educacionales, respetando las normas constitucionales y conforme a la ley.
  • Establecer el derecho preferente y el deber de madres, padres o apoderados, que tengan el cuidado personal, de educar a sus hijos(as) o pupilos(as).
  • Dar rango constitucional a la autonomía académica, económica y administrativa de las instituciones de educación superior.
  • Determinar que el ingreso, permanencia y promoción de los estudiantes de educación superior obedecerá únicamente a méritos o causales objetivas, sin sujeción a discriminaciones arbitrarias, y considerará, además, los principios de equidad e inclusión.
  • Requerir la existencia de una ley que establezca los requisitos mínimos para cada nivel de la enseñanza, señale las normas objetivas que permitan al Estado velar por su cumplimiento y establecer los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales de todo nivel, junto con las normas para el aseguramiento de la calidad y el correcto uso de los recursos públicos.

La norma deberá ser votada en general y en particular por la Comisión de Derechos Fundamentales, debiendo alcanzar un quórum de mayoría simple para poder ser llevada el Pleno, en donde el quórum para su aprobación tendrá que ser de 2/3 (103 convencionales). Superando esas barreras, la norma podría ser ingresada oficialmente al borrador de texto constitucional.





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