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Año XVI, 14 de agosto de 2024


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Corte de Apelaciones de Santiago rechaza recurso por concesión de beneficios a Hans Niemeyer

En fallo unánime de los ministros de la Quinta Sala del máximo tribunal Jorge Dahm, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante Ángel Cruchaga desestimaron la presentación de la defensa de Niemeyer que buscaba que se otorgara algún beneficio de cumplimiento alternativo a la pena.

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  Martes 29 de octubre 2013 13:51 hrs. 
niemeyer

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó una apelación presentada por la defensa del sociólogo Hans Niemeyer Salinas, quien fue condenado a 5 años de presidio por tenencia de artefacto explosivo y 300 días por  el delito de daños, con lo que ambas penas se deberían cumplir de manera efectiva.

En fallo unánime de los ministros de la Quinta Sala del máximo tribunal Jorge Dahm, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante Ángel Cruchaga desestimaron la presentación de la defensa de Niemeyer que buscaba que se otorgara algún beneficio de cumplimiento alternativo a la pena.

El tribunal de alzada consideró que la sentencia Séptimo Tribunal de Juicio Oral se ajustó a derecho al no conceder beneficios alternativos dado que las características del delito principal y que la conducta del condenado no ha demostrado la mínima colaboración con el proceso.

En concreto los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada argumentaron: “Que el sentenciado fue condenado por el hecho principal de colocar un artefacto explosivo en las cercanías de un cajero automático. Hecho de peligro y grave, pues cualquier persona que se encuentre en las inmediaciones puede resultar lesionada al explotar el mismo.  Esta situación no lleva a otro objetivo que la de causar alarma y miedo en la población.  Y si bien es posible considerar que los móviles que llevan al imputado a obrar de esta manera, obedece a sus convicciones intimas, que por muy equivocadas que estén, obra en consecuencia d ellas, su conducta posterior demuestra que no hace ningún intento por revisarlas a lo menos para insertar su conducta en el medio social donde pertenece.  Lo anterior queda demostrado con su actitud de no comparecer ante la autoridad luego d que le fuera revocada su libertad provisional, conducta que no solo llegó a ese punto, sino que además emitió mensajes a la sociedad desafiando abiertamente el sistema judicial desde que da entrevistas a medios de comunicación, explicando el motivo de su rebeldía y persistencia en su conducta antijurídica. De esta manera no aparece que el tratamiento que pueda entregársele en el medio libre pueda ser eficaz y necesario puesto que para que ello sea posible es necesario contar con una mínima colaboración y voluntad del sentenciado en orden a que comprenda la necesidad de acatar normas básicas de convivencia en el grupo social, y si sus ideas chocan con las de la sociedad en general, manifieste su disconformidad mediante actos que no vulneren a lo menos físicamente a los demás”, dice el fallo.

El dictamen de la Corte de Santiago agrega que: “A lo anterior cabe agregar que el informe presentencial emitido por Gendarmería de Chile plantea que un tratamiento en el medio libre se presenta ineficaz sobre Hans Felipe Niemeyer Salinas, dado que se advierten características sociales y personales ligadas a una tendencia de inadaptabilidad  en general, que lo lleva a respuestas menos ajustadas al contexto normativo, muestra predisposición a conductas impulsivas y de menor control volitivo por medio de un pensamiento racional; presencia de rigidez cognitiva y de conducta, limitando su capacidad para resolver conflictos, escasa tolerancia a la frustración y reducida empatía,  por lo que no recomienda  la concesión de alguno de los beneficios alternativos”.

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