Más de cuarenta iniciativas sobre educación ingresaron a la Comisión de Derechos Fundamentales. Si se acepta la premisa democrática que se abre luego del 18-O según la cual la nueva constitución tiene como horizonte avanzar en superar el neoliberalismo, la pregunta a la base para evaluar las propuestas educativas presentadas es simple ¿en qué medida las propuestas contribuyen a poner fin a la escuela neoliberal?
Por cierto, no tenemos espacio para examinar todas las propuestas, por lo que se propone detenernos en aquellas que por su “lugar de origen” jugarán un rol relevante en el debate.
La propuesta de Iniciativa Popular de Norma levantada por las más de treinta organizaciones de la Articulación de Organizaciones Sociales Educativas (entre ellas el Colegio de profesores, C8M, Confech, Conaech, FENATED) y que también ingresó con el respaldo de sesenta y cuatro convencionales (64) logrando un apoyo político muy transversal al interior de la Convención, sostiene como idea central que la nueva constitución debe sentar las bases para establecer el derecho a la educación como un derecho social con garantía estatal. La materialización de este derecho debe operar por medio de la creación de un sistema educativo plurinacional articulado de provisión pública estatal, con participación comunitaria, financiamiento basal, con garantía de derechos para asistentes de la educación y docentes, un entendimiento de la libertad de enseñanza en sentido pedagógico y una definición robusta sobre los propósitos educativos que se buscan como país, entre otros: una educación integral, no sexista, intercultural, inclusiva y contextualizada. Lo anterior implica romper la igualdad de trato entre la escuela pública y privada, principio estructural que instauró la Constitución del 80’ al sobreponer la libertad de enseñanza (entendida como libertad de empresa) por sobre el derecho a la educación.
Esta iniciativa, construida a partir de las propuestas desarrolladas por las organizaciones educativas en casi veinte años de lucha contra el modelo neoliberal, intenta hacerse cargo del dramático estado actual de la educación tras 40 años de políticas educativas extremistas de mercado, competencia y privatización. Esto es: la destrucción sistemática del sistema público de educación en Chile que fue, cabe recordar, un objetivo reconocido por Gerardo Jofré (ex ministro de la dictadura) a fines de los años 80’.
Desde otro lugar, y con otros fines, encontramos la propuesta de Acción Colectiva que aglutina a Educación 2020, Elige Educar, SUMMA, entre otras fundaciones privadas financiadas por empresarios como Luksic, destinada a mantener con otros ropajes la lógica estructural del actual sistema educativo de mercado.
Su estrategia política fue autodefinirse como expresión de la “sociedad civil” para dar la señal de neutralidad y falso apoliticismo. La tesis de fondo de esta propuesta busca cambiar ciertas cuestiones mínimas, para mantener las cosas tal como están. En última instancia su alegato sale en defensa de la actual igualdad de trato por parte del Estado hacia la escuela privada y pública, planteando una cuestión que se creía impensada por su radicalidad en el actual contexto de privatización escolar. Propone, nada más y nada menos, que elevar a rango constitucional el financiamiento público hacia el sector privado, es decir, que la constitución establezca el aporte de todos y todas las ciudadanas del país para financiar proyectos educativos de particulares.
Para defender esta idea, la propuesta redefine la libertad de enseñanza pasando a comprender, dentro de ella, la obligación que tendría el Estado de otorgar financiamiento a privados. Dicho de otro modo, no hay libertad de enseñanza si no hay financiamiento a privados. Cabe señalar que esta relación no se establece en ningún tratado internacional y no existe en ningún país del mundo. Por el contrario, estos tratados –suscritos por Chile- son muy claros en señalar que la libertad de enseñanza opera con la obligación del Estado de respetar el derecho de un particular a fundar establecimientos y el derecho de las familias a elegir el tipo de educación para sus hijos, pero nunca en la obligación constitucional del Estado de financiar estos colegios privados, cuestión radicalmente distinta. Tal es así, que incluso el vilipendiado Tribunal Constitucional chileno, en su sentencia rol número 2787-15, considerando 96, ha ratificado este principio internacional de no obligatoriedad del Estado a financiar proyectos privados.
Junto con lo anterior, la propuesta de las fundaciones privadas se mueve en el ámbito de regular y mejorar el sistema escolar desde la actual perspectiva de un Estado Evaluador que fiscaliza el buen funcionamiento de la educación de mercado “independiente del tipo de establecimiento”, es decir, renuncia al desafío de dotar al país de un robusto y mayoritario sistema de educación pública. Ni pensar en una escuela democrática con participación resolutiva de las comunidades, de hecho, a este tema la propuesta no le dedica ningún articulado, como tampoco al derecho que les asiste a las naciones originarias a desarrollar sus procesos formativos.
Una tercera propuesta en debate es la del Frente Amplio, el Colectivo Socialista e Independientes No Neutrales cuyo ingreso no nos dejó de sorprender a quienes pensamos que el FA desarrollaría su política con la propuesta de los movimientos sociales. Esta propuesta defiende formalmente la educación pública (desde ya la diferencia de la privada) sin embargo, no propone medidas estructurales materiales para sustentar esta distinción. En efecto, al igual que la propuesta de las fundaciones privadas, el FA propone, también, establecer en la constitución el financiamiento a las instituciones privadas, renunciando a establecer un tipo especifico de financiamiento para la escuela pública como lo proponen los movimientos sociales con la tesis del financiamiento basal, ligada a la idea de un trato primordial de la educación pública acorde a su relevancia para el país. En concreto, de aprobarse la idea de constitucionalizar el financiamiento al sector privado, la educación pública en Chile estará destinada, ahora con una constitución “democrática”, a ser un subsector minoritario dentro del sistema escolar.
En esta condición material y concreta: ¿cómo pretende el FA que Chile posea un fuerte sistema de educación pública si materialmente defiende la igualdad de trato en el financiamiento? ¿Por qué se renuncia a que el principal desafío en materia educativa para la nueva constitución sea dotar a Chile de lo que la dictadura le quitó, es decir, poseer nuevamente un sistema público mayoritario con provisión estatal que asegure un espacio común para la formación de la ciudadanía del nuevo Chile? Como ha señalado Cristian Bellei, “la Constitución democrática debería corregir esta anomalía (de la igualdad de trato), definiendo sin ambigüedades que la educación pública tiene un valor social superior a la privada y que, por tanto, el Estado debe priorizarla, poniendo fin a la idea del “Estado subsidiario”. La educación pública, la educación de toda/os, tiene como propósito el bien común; la educación privada no, porque su propósito es servir el interés de su dueño; la educación pública garantiza el derecho universal a la educación sin distinciones arbitrarias, la educación privada no, porque su idea es ofrecer un proyecto educativo particularista que sólo convoca a algunos; la educación pública es dirigida colectivamente hacia objetivos sociales, porque responde a autoridades públicas; la educación privada no, porque responde a los mandatos de su propietario”.
El resto del articulado de la propuesta va en una dirección correcta, al menos en sus enunciados generales puesto que deben precisarse varios aspectos, como por ejemplo, el hecho de abordar la regulación de los docentes y trabajadores de la educación no puede limitarse, en las actuales condiciones que se viven, solo a una cuestión de reconocimiento de la labor sino que debe avanzarse en definir el rango del trabajo docente como practica reflexiva, colaborativa y autónoma, lo que supone garantizar condiciones de enseñanza universales y no fragmentadas como hoy ocurre.
Una definición sustantiva del derecho a la educación, establecer los propósitos y principios de la educación de manera clara y abordar el eje de la participación, son ideas presentes en la propuesta frente amplista que constituyen un paso adelante con respecto a cómo se entiende en la constitución del 80 el derecho a la educación, pero insuficientes si se renuncia a reconstruir una educación pública mayoritaria cuestión ineludible para superar el neoliberalismo. La educación pública es la única que puede garantizar el desarrollo de un proyecto de país con una democracia activa y con justicia social. Renunciar a ello, es renunciar a la superación profunda del neoliberalismo que día a día construye hegemonía y una subjetividad que permite su reproducción. Es momento de pensar a largo plazo, ese es el mandato que tiene la convención. Es momento de ser responsable con Chile y fortalecer el sistema público de educación sin caer en errores que nos puedan costar el futuro y desarrollo del país.
Es de esperar que en el debate que se inaugura sobre derechos sociales, prime la voz de las actorías que han levantado sus propuestas programáticas tanto por la legitimidad que los acompaña como por la robustes técnica que las sostiene. En ello, el rol que jueguen los convencionales del futuro gobierno será clave no solo para lo que puede ocurrir al interior de la convención y el plebiscito de salida, sino que dará una clara señal de la relación entre el gobierno de Boric y los movimientos sociales educativos que han demostrado ser uno de los actores decisivos de las luchas antineoliberales y con una indiscutida capacidad de movilización.