La Corte Suprema condenó a un agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y a un ex miembro de Colonia Dignidad por su responsabilidad en 50 casos de secuestro calificado en las ciudades de Talca y Parral en 1975.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Carlos Cerda, Manuel Antonio Valderrama y Jorge Dahm- confirmó la sentencia que condenó al agente Fernando Gómez Segovia a 5 años de presidio por su responsabilidad como autor, y al ex colono Gerhard Mücke Koschitze a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como cómplice de los delitos.
La investigación abarcó los secuestros calificados de 50 víctimas, que fueron detenidos en distintos puntos de la región del Maule y sometidos a diversos vejámenes al interior del predio de la ex Villa Baviera.
Respecto de los hechos, en la etapa de investigación, el ministro en visita Jorge Zepeda logró determinar que los delitos se cometieron entre abril y junio de 1975. “Enseguida, dichas personas fueron trasladadas hasta “Colonia Dignidad”, predio situado al oriente de la ciudad de Parral y en el cual operaban agentes de estado, determinadamente, efectivos pertenecientes la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) junto a colonos residentes en esa colonia alemana, colaboradores éstos de aquéllos”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que “(…) una vez en “Colonia Dignidad”, durante su encierro, en el que permanecen atados de pies y manos y con la vista vendada, las víctimas fueron interrogadas bajo tortura, consistente principalmente en la aplicación de corriente eléctrica en diversas partes sensibles del cuerpo, más golpes de pies y puños; enseguida, transcurridos en algunos casos alrededor de cuatro días, una semana o quince días aproximadamente, en todo caso, un término no superior a noventa días de dichas detenciones, algunos de los afectados fueron dejados en libertad en los alrededores de la ciudad de Talca, cerca de sus moradas, mientras que otros fueron trasladados por los agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), a los centros de prisioneros que ésta mantenía en la ciudad de Santiago”.
“La privación de libertad a las víctimas en “Colonia Dignidad” lo fue sin existir orden de autoridad pública, basada en causa legal en contra de ellas y se ejecuta en aplicación de un plan de ataque directo a la vida, integridad física, libertad y dignidad de las personas y a la noción de humanidad misma, en el contexto de persecuciones, torturas, desapariciones, y otros tratos crueles e inhumanos en contra de un determinado grupo de la población, cuyos fundamentos fueron motivos políticos”, añade.
Además de la condena, en el aspecto civil, se acogió un recurso de casación para excluir a un grupo de familiares en el pago de 20 millones de pesos , por concepto de daño moral a cada demandante o grupo de demandantes que se ordenó pagar solidariamente a los victimarios y al Fisco de Chile.