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Año XVI, 23 de abril de 2024


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Por violencia en La Araucanía

Loncos presentan medidas cautelares ante la Corte Interamericana de DD.HH

Las autoridades de las comunidades de Temocuicui y José Jineo Llanco, presentaron este recurso en el tribunal internacional acusando la violencia con la que actúa carabineros en La Araucanía. Fue patrocinada por el Observatorio Ciudadano y la Asamblea por los Derechos Humanos, quienes criticaron la irresponsabilidad del gobierno al no proteger las garantías fundamentales de los mapuches

Raúl Martínez

  Martes 10 de noviembre 2009 21:10 hrs. 
Radio-Uchile

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Las autoridades de las comunidades de Temocuicui y José Jineo Llanco, presentaron este recurso en el tribunal internacional acusando la violencia con la que actúa carabineros en La Araucanía. Fue patrocinada por el Observatorio Ciudadano y la Asamblea por los Derechos Humanos, quienes criticaron la irresponsabilidad del gobierno al no proteger las garantías fundamentales de los mapuches

Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los loncos de las comunidades de Temocuicui tradicional y José Jimeo Llanco, Juan Catrillanca y Domingo Jineo, respectivamente, presentaron un recurso para aplicar medidas cautelares, con el objetivo de  terminar con la violencia policial en la zona.

Catrillanca comentó que esta acción es paralela a los diálogos que sostienen con las autoridades para avanzar en sus demandas, pero que hasta el momento no han sido satisfactorios.

 “A nosotros no nos conforma, pero para no apartarnos de los diálogos, vamos a aceptar lo que se determine en esa conversación. Aquí nosotros no hemos tomado decisiones a seguir, porque no están las respuestas claras. Nosotros tenemos muchos heridos en las comunidades y a ellos les estamos dando atención, y una vez quedando ellos en buenas condiciones, tomaremos la decisión de cuál caminos seguir”, señaló Catrillanca.

La presentación ante la Corte Interamericana es por la violación a los derechos a la libertad y la seguridad, así como a la integridad física y psicológica que están reconocidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por Chile. De acuerdo a los loncos, la actuación de carabineros en sus comunidades ha violado estos convenios internacionales.

Este fue el caso de un niño de catorce  de la comunidad de Rofue, quien fue subido a un helicóptero y amenazado con ser lanzado desde el aire, pero cuyo caso fue trasladado a la Justicia Militar luego que el Tribunal de Garantía de Temuco se declarara incompetente, lo que fue criticado por el padre del menor, José Painevilo.

“El tribunal no debería haberse declarado incompetente, de acuerdo a lo que se especuló ahora en el Convenio 169. La justicia no va a hacer nada ahora, en definitiva”, afirmó Painevilo.

El abogado José Aylwin, co director del Observatorio Ciudadano, uno de los patrocinantes de la presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, señaló que el recurso se debe a que los organismos internos del Estado chileno no han querido dar cuenta de la violencia con que se actúa sobre las comunidades, vulnerando los derechos más básicos de sus integrantes.

“El actuar abusivo de la policía ha quedado impune, impune administrativamente por cuanto las autoridades del Ejecutivo y Carabineros no desarrollan los sumarios que corresponde para la sanción de este tipo de hechos que violan la legislación  nacional y los reglamentos; y la acciones judiciales, son de resorte, de acuerdo a la legislación vigente,  son de la Justicia Militar, que ya por largo tiempo, ha dejado impune el actuar abusivo de carabineros”, enfatizó el abogado.

Aylwin precisó que el Ejecutivo, al no ordenar los sumarios administrativos para establecer responsabilidades por el uso excesivo de la violencia por parte de carabineros, además de no hacerse parte en las querellas y recursos de protección a favor de los niños mapuche, actúa con irresponsabilidad, ya que sí lo hace cuando se trata de acusar a comuneros de actos de violencia, donde incluso ha pedido que se aplique la ley antiterrorista, lo que contraviene el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

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