La Cámara aprobó el proyecto que regula la aplicación del artículo 159 del Código del Trabajo, que establece la posibilidad de despidos por fuerza mayor.
La iniciativa fue presentada por el Ejecutivo y aprobada en general por la Sala por 103 votos a favor y 2 en contra pero se modificó a través de una indicación de diputados concertacionistas que tiene carácter interpretativo y por tanto aplicable a los despidos ocurridos tras el terremoto del 27 de febrero en que se invocó la causal de caso fortuito o fuerza mayor.
La idea matriz del proyecto apunta, a explicitar que la causal de fuerza mayor o caso fortuito establecida en el numeral seis del artículo 159 del Código del Trabajo para poner término a un contrato laboral sin derecho a indemnización sólo puede invocarse si aquella conlleva para el empleador la imposibilidad absoluta de cumplir con sus obligaciones laborales, y que éste no haya contribuido al acaecimiento del hecho invocado y sus efectos lesivos.
“No podemos pensar que esta norma sólo se va a aplicar a cataclismos como los que hemos tenido. Aquí son muchas las ocasiones en que trabajadores han sido usando esta causal y este número 6 del artículo 159 han habido muchos que la han tratado de interpretar como un caso fortuito en función del hecho mismo”, explicó el diputado Roberto León.
La aplicación masiva de esta causal de despido, por parte de empleadores, principalmente aquellos cuyas instalaciones se ubicaban o ubican en zonas afectadas por el cataclismo, planteó la necesidad de acotar sus alcances con el objeto de evitar su uso abusivo.
La situación llevó a la Dirección del Trabajo a emitir un dictamen sobre el particular y motivó a diputados y senadores a presentar sendas mociones orientadas al mismo fin. En definitiva, el gobierno optó por legislar y presentó un proyecto al efecto que fue tramitado con suma urgencia, lo que motivó cuestionamientos de las bancadas opositoras.