Tres son los emblemáticos juicios a comuneros mapuches que llevaron al Estado chileno a la Corte Interamericana de Derechos Humanos: el de los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín, el llamado atentado al fundo Poluco-Pidenco, que involucró a ocho comuneros y el del emblemático dirigente mapuche Víctor Ancalaf, todos procesados por la figura de “incendio terrorista”.
En todos estos casos se utilizó de forma excesiva la Ley Antiterrorista y una de sus garantías como la presencia de testigos protegidos o “sin rostro” sin que existieran atentados contra la vida o la integridad de las personas, sino bajo el concepto de “daño a la propiedad privada”, lo que llamó profundamente la atención de la Comisión Interamericana.
La Comisión recibió estos antecedentes en 2006 y recientemente decidió informar a la Corte Internacional estos hechos, por registrarse una aplicación selectiva y discriminatoria de la ley que los condenó por ser mapuches y lonkos de sus comunidades.
“¿Cómo podríamos haber recibido una condena sin tener una causa? Solo por ser una autoridad, lonko de nuestro pueblo. Quisieron aplicar esta ley en nosotros, lo que fue triste y nos dio rabia porque sabíamos que en Chile no había nada que nos pudiera salvar. Esos cincos años quién los paga, quién paga los perjuicios y daños”, cuestionó el lonko Aniceto Norín, quien estuvo preso cinco años y un día.
Uno de los argumentos utilizado por los magistrados al realizar estos juicios es la existencia de un “contexto social de terrorismo”, lo que se deduciría de las publicaciones de los medios de comunicación, principalmente de El Mercurio, lo que no se pudo probar en los juicios.
La Comisión afirmó que esto ha violado una serie de principios que consagra la Convención Americana de Derechos Humanos, entre ellos la igualdad ante la ley, la no discriminación, la libertad de expresión, la responsabilidad penal individual, la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y a un juez imparcial, entre otros.
Por lo mismo, según el abogado experto en derechos humanos, Jaime Madariaga, este juicio que constituye una verdadera advertencia a nuestro país.
“Es importante que las autoridades chilenas se den cuenta que hay un organismo internacional como la comisión interamericana que está diciendo que aquí se ha violado el debido proceso, que se han pasado a llevar los derechos humanos de estas personas y no es sólo algo que reclamen los abogados, las organizaciones o los mapuche, sino que aquí hay una entidad internacional que nos encontró la razón cuando denunciamos esta vulneración permanente a la gente mapuche”, dijo el jurista.
Así, podría quedar en evidencia el verdadero iceberg de malas prácticas judiciales del Estado chileno contra los comuneros mapuches, ya que estos tres casos son los primeros de una larga fila de procesos irregulares, siendo el último y más emblemático de ellos el juicio de Cañete, lo que tendría fuertes repercusiones en nuestro país.
“Si esa demanda es acogida por la Corte debería modificar la legislación que ha sido aplicada en estos casos, compensar a las víctimas tanto material como moralmente, y debería desarrollar una serie de medidas tanto administrativas como legislativas con miras a garantizar estos derechos humanos, que no sólo han sido violados en este caso, sino que en muchos otros que aún no han llegado a la Comisión. Esto ayudaría a establecer un precedente que el Estado no podría dejar de atender”, explicó el co-director del Observatorio Ciudadano, José Aylwin.
Una condena de la Corte Interamericana implicaría revisar los parámetros con los que se está aplicando la Ley Antiterrorista y sus fundamentos, cumpliendo así con lo que, desde hace años, distintos organismos de Derechos Humanos, tanto nacionales como internacionales, le han recomendado al Estado chileno.