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Cámara aprueba feriado del 19 de septiembre

El proyecto, que pasa ahora al Senado, establece el festivo irrenunciable para los trabajadores del comercio. Se excluyen quienes se desempeñan en lugares de entretenimiento, farmacias y otras labores de emergencia. Diputados presentaron una moción para hacerlo extensivo a todos los años.

radio.uchile.cl

  Jueves 8 de septiembre 2011 14:06 hrs. 
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Con 81 votos a favor y tres abstenciones los diputados aprobaron el proyecto de ley que declara feriado el 19 de septiembre de este año para los trabajadores del comercio, pese a la resistencia que habían manifestado gremios empresariales, particularmente del retail.

La iniciativa, que surgió de una moción de los diputados Osvaldo Andrade (PS), Pedro Browne (RN), Carolina Goic (DC), Nicolás Monckeberg (RN), Adriana Muñoz (PPD), René Saffirio (DC), Ximena Vidal (PPD) y Carlos Vilches (UDI), que fue refundida con el mensaje del Ejecutivo, deberá ahora ser discutida en el Senado.

El proyecto se originó considerando que este 2011 el 19 de septiembre es lunes, por lo que serían muchos los trabajadores que no tendrían un fin de semana largo para celebrar las Fiestas Patrias.

Sin embargo, los diputados Carolina Goic, René Saffirio, Matías Walker, Fuad Chahín y Víctor Torres ingresaron hoy una moción para el 19 de septiembre sea todos los años un feriado obligatorio e irrenunciable, de modo tal que se eviten las tramitaciones año a año.

Luego de la aprobación, el diputado DC René Saffirio señaló que “tal como lo vivimos el año pasado, ha quedado demostrado que con un día de feriado irrenunciable, como será este 19, no se provoca desabastecimiento ni caos y que, incluso, se favorece a los pequeños negocios atendidos por sus dueños, quienes aprovechan de aumentar sus ventas, sus alicaídas ventas en esta fecha. Es una muy buena noticia”.

La ley establece además que no podrán hacer uso de este derecho quienes se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. También incluye a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Asimismo, los empleadores que no respeten este feriado se exponen a una multa cinco Unidades Tributarias Mensuales por cada trabajador afectado. Si tiene contratados 50 o más trabajadores la multa ascenderá a 10 UTM por cada trabajador afectado y si tiene contratados 200 o más trabajadores la multa será de 20 UTM por cada afectado.

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