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OIT exige a Chile aplicación efectiva del Convenio 169

Este jueves la Organización Internacional de Trabajo (OIT) publicó su Informe de Observaciones 2013, que en su capítulo dedicado a la aplicación del Convenio 169 hace una evaluación de la consulta realizada en la elaboración del nuevo reglamento del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) que actualmente se encuentra en Contraloría. Al respecto, y pese a las presentaciones del gobierno que pretendían certificar lo que en sus palabras llamaron la posibilidad de “influencia” indígena, durante el proceso de evaluación ambiental, la OIT pidió a Chile un reglamento que asegure la eficacia de la consulta, la participación y la cooperación con los pueblos indígenas, que se establecen en los artículos 6 y 7 del Convenio.

Carolina Blanche Goldsack

  Jueves 28 de febrero 2013 20:17 hrs. 
mapuches

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En el documento sobre la aplicación del Convenio 169 en Chile, que recordemos fue suscrito voluntariamente por Chile,  la OIT se dio por enterada de los recursos de protección interpuestos por organizaciones indígenas contra el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, por el acuerdo aprobatorio de la propuesta del nuevo reglamento del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental. En dicho recurso las organizaciones alegaron la omisión de la consulta y la insuficiencia de la propuesta en relación al Convenio.

Cabe recordar que el Convenio 169 de la OIT obliga la consulta efectiva que se debe realizar a los pueblos indígenas en caso de que proyectos de impacto ambiental afecten sus territorios. En este sentido, el informe “invitó”  al Gobierno a informar sobre el resultado este  recurso de protección y espera que entregue un texto reglamentario que asegure la eficacia de la consulta, participación y cooperación de las comunidades indígenas.

Asimismo, la OIT tomó nota de los fallos de la Corte Suprema transmitidos por el Gobierno que recayeron sobre recursos de protección ambiental presentados por organizaciones indígenas, situación que fue comentada por el Coordinador del Equipo Jurídico del Observatorio Ciudadano,  Hernando Silva: “No se cumple con el estándar requerido por la OIT y también por los tribunales de justicia de  Chile en sendos fallos jurisprudenciales, en los que se establece que la consulta debe ser una herramienta mediante la cual los pueblos indígenas tengan instancias suficientes para situarse frente a los gobiernos y plantear su visión sobre las medidas administrativas que se busca aprobar, y que las observaciones a éstas sean introducidas. O sea, que existan procedimientos mediante los cuales se llegue a acuerdo y que la opinión de los pueblos indígenas no sea meramente enunciativa”.

El especialista del Observatorio Ciudadano señaló además que el desconocimiento del gobierno de estos estándares internacionales de consulta no sólo es un error de la administración actual. Se trata, según aseveró, de una colusión entre los gobiernos y los grandes capitales para desarrollar sus inversiones sin que la opinión de los grupos indígenas sea un impedimento para ello.

Para la consejera nacional de Conadi para la región de Los Lagos y Los Ríos Claudia Pailalef las comunidades indígenas has visto vulnerados sus derechos por la no aplicación efectiva del convenio 169 de la OIT.

Respecto de la aplicación del Convenio, la consejera señaló que “las comunidades indígenas no han visto su aplicación efectiva en lo que tiene que ver con materias de inversión.  Hoy las comunidades que han visto vulnerado sus derechos han tenido que llegar a instancias judiciales donde en algunos casos la Corte Suprema ha fallado a favor de los pueblos indígenas y donde el órgano del estado vulneró un derecho al no consultar”.

Claudia Pailalef señaló además que la institucionalidad del estado actuó “de mala fe” en la elaboración del nuevo reglamento  del SEIA ya que,  como han denunciado otras organizaciones y ongs, este reglamento no consideró la participación efectiva de los pueblos originarios y que la consulta se limitó a reuniones informativas.

 

 

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