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Perros de asistencia, trabajo incondicional


Lunes 13 de mayo 2013 10:16 hrs.


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He comprobado durante muchos años que el mejor amigo del hombre es, fue y será el perro. Su incondicionalidad y capacidad de entrega es única. Ellos no juzgan, no tienen prejuicios, simplemente entregan.

Mi gran compañero de vida tiene 13 años su nombre es Dan, llegó a nuestra vida teniendo 2 meses y desde que tuve mi accidente su rol cambió, entiende que hoy no puedo mover mis piernas y se acerca a ellas al verme y me acaricia. Es protector.

Tuve la maravillosa oportunidad esta semana de conocer la hermosa labor que cumplen nuestros amigos de Bocalán Confiar. Bocalán es una institución sin fines de lucro, con personalidad jurídica, cuyo objetivo es contribuir al proceso de rehabilitación e inclusión social de personas con discapacidad.

Como se podrán dar cuenta, el papel que cumplen ellos es importantísimo.

Los principales actores y protagonistas de este trabajo son un grupo de Labradores y Golden Retriever queridos y entrenados desde su nacimiento. Acompañados y entrenados por el grupo humano profesional, dedicado y comprometido de esta institución.

La Ley 20.422, tiene un capítulo dedicado exclusivamente a los perros de asistencia. Pero adivinen… nadie la conoce, ni se respeta, ni se fiscaliza. He aquí su escrito:

“Las personas con discapacidad tienen derecho a ser acompañadas permanentemente por un perro de asistencia a todo edificio, construcción, infraestructura o espacio público, sea de propiedad pública o privada, destinado a un uso que implique la concurrencia de público (por ejemplo, los edificios de la Administración del Estado, los establecimientos educacionales, los establecimientos de comercio, los espacios comunes de condominios y de edificios de departamentos).

Además, tienen derecho a acceder y circular en cualquier medio de transporte terrestre o marítimo de pasajeros que preste servicios en el territorio nacional, sea gratuito o remunerado, público o privado, individual o colectivo (por ejemplo, trenes, metro, buses urbanos e interurbanos, taxis y taxis colectivos, naves y otras embarcaciones).

Tratándose del acceso y circulación a los medios de transporte aéreo, se aplica la normativa especial vigente sobre la materia. ¿Quiénes están obligados a cumplirla? Los responsables de las edificaciones, construcciones, infraestructuras y espacios públicos destinados a un uso que implique concurrencia de público y los operadores de medios de transporte.

La Ley es clara, en ninguna parte de ella dice “excepto”. Pues bien, Francisco González, dueño de ‘Kahlúa’ una labradora amarilla que es su fiel compañera desde hace más de tres años, ha tenido innumerables episodios de discusión y malos tratos de parte de los funcionarios del supermercado Tottus. No le permiten la entrada con Kahlúa.

Quiero aclararles que ustedes no tienen ningún derecho a negar la entrada a un perro de asistencia con su usuario. Señores empresarios, dueños de supermercados, grandes tiendas, almacenes de todo tipo, entidades del sistema de salud, restaurantes, bares, teatros, cines, colegios, universidades, sistema de transporte publico y privado, carabineros de chile: Si ustedes niegan la entrada o acceso serán denunciados ante el juzgado de policía local. Ellos (los perros) están cumpliendo con su trabajo, dentro de la ley. ¡Ustedes cumplan con el suyo!, respétenla.

El perro de asistencia no es un chihuahua ni un “perro de bolsillo”. Son entrenados para cumplir una función vital, asistir. Para su conocimiento hay tres tipos de trabajo que ellos desempeñan: perros de asistencia, perro de asistencia judicial, perros de terapia.

Tipos de perros de asistencia:

Perros de Servicio: para personas con discapacidad física

Perros Guía: para personas con discapacidad visual

Perros de Señal: para personas con discapacidad auditiva.

Perros de Servicio para Niños del Espectro Autista: para familias que presentan niños con este diagnóstico.

Perros de Alerta Médica: para personas con diabetes, síndrome de Addison, epilepsia y otras patologías.

Perros de asistencia judicial:

Un perro de asistencia judicial es un perro cuidadosamente seleccionado y profesionalmente entrenado por una institución miembro de Assistance Dogs International para acompañar a menores, adolescentes y adultos que han sido sexualmente abusados, maltratados físicamente o que han sido testigos de delitos violentos cuando deben someterse a entrevistas frente a distintas instancias del proceso judicial y al momento de testificar, con la finalidad de entregar apoyo y contención, dar una sensación de mayor normalidad, facilitar la comunicación y producir un estado emocional más equilibrado durante el proceso ayudando a atenuar, de esta forma, la victimización secundaria.

Perros de terapia:

La Terapia Asistida con Animales (TAA) utiliza a las perros como herramienta terapéutica en tratamientos psicológicos o físicos, los perros intervienen en la terapia como facilitadores de la misma, son un soporte eficaz y poco convencional que rompe las barreras a veces existentes entre terapeutas y pacientes. Son sesiones en donde interactúa un paciente o más y un o varios animales, conectados a través de un terapeuta, diseñadas y evaluadas a través de un equipo interdisciplinario (terapeutas, entrenador, profesores, etc.)

Mi rol al escribir esta columna es siempre informar, Educar, lograr una actitud reflexiva de parte del lector. La cultura respecto de los temas que competen a las personas con discapacidad son prácticamente nulas.

Si luego de leer esta columna, usted continúa negando el acceso a estos trabajadores incondicionales, es porque piensa que la discapacidad esta lejos de ser parte de su vida, le recomiendo examínese la cabeza.

Seguiré trabajando a través de la palabra escrita, la voz y la actitud que son mis tres mejores aliadas, para aportar a ésta una educación para todos, gratuita y de calidad.

¿Les suena el último párrafo? Educación… derecho y tarea de todos.