El juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Ponciano Sallés, rechazó el sobreseimiento solicitado por el ex subsecretario del Interior, Patricio Rosende, la ex directora de la Onemi, Carmen Fernández, el ex jefe del Centro de Alerta Temprana de este organismo, Johaziel Jamett, y el ex encargado de Oceanografía del SHOA, Andrés Enríquez.
Todos, recordemos, formalizados por el cuasidelito de homicidio de 133 personas, producto de la fallida alerta de maremoto del 27 de febrero de 2010.
Sobre los dos ex funcionarios de alto rango de la Onemi y el SHOA, Sallés indicó que fueron negligentes en sus actuaciones y que esto derivó en que no se alertara, en primera instancia, y se cancelara, en segunda, la alerta de maremoto.
En relación a las autoridades civiles, Patricio Rosende y Carmen Fernández, el magistrado dijo que tuvieron miedo de tomar decisiones, por las consecuencias políticas que podían ocasionar e, incluso, dieron entrevistas que derivaron en que muchas personas bajaran de los cerros para fallecer, posteriormente, a causa del maremoto.
“Al igual que la señora Carmen Fernández, Patricio Rosende tenía el carácter de garante institucional, por cuanto era la máxima autoridad política presente. No es que tenga el deber de evitar el resultado, pero sí la obligación de evitar todo aquello que razonablemente está a su alcance para evitar el resultado dañoso”, indicó el magistrado.
La fiscal a cargo de esta investigación, Solange Huerta, destacó la determinación del tribunal, quien declaró que “es la segunda vez que un juez imparcial resuelve en torno a la fuerza de los hechos y los antecedentes, los que dan cuenta que si los imputados hubieran cumplido con sus deberes de cuidado a los que estaban obligados, se podrían haber salvado vidas”.
Durante su alocución, Ponciano Sallés reprochó a las defensas de los cuatros imputados ya que, a su juicio, se enfocaron en instalar la duda razonable respecto de las imputaciones hechas por el Ministerio Público y no en probar que sus defendidos eran inocentes de aquellos delitos.
Esto indica que el rechazo del sobreseimiento no es sinónimo de que en un hipotético juicio oral se determine la culpabilidad de estas cuatro personas formalizadas.
Así lo confirmó Paula Vial, representante de Andrés Enríquez, quien, al igual que todas las defensas, dijo que estudiará la concurrencia en apelación a la Corte de Apelaciones: “Lo que el juez ha señalado, es que en principio no es tan prístino como podría ser para decretar un sobreseimiento, siendo una materia de fondo y de prueba, es necesario un juicio oral para determinar la responsabilidad de tipo penal. Analizaremos si apelaremos, no es una decisión que hayamos adoptado”.
Desde la parte querellante, los abogados Alfredo Morgado y Raúl Meza valoraron la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía.
“Las frases más relevantes que tenemos que recoger, es el concepto de omitir información, ocultar información”, indicó Morgado, mientras que Meza recalcó que “todas las autoridades técnicas y políticas tuvieron responsabilidad penal en las muertes que ocurrieron el 27 de febrero. Si ellos hubieran cumplido, se hubieran salvado vidas”.
Junto con rechazar el sobreseimiento, el tribunal aceptó a tramitación la querella presentada contra la ex presidenta Michelle Bachelet y envió los antecedentes a la Fiscalía, quien ya ha rechazado en ocho oportunidades que la ex mandataria declare como imputada.