Un año y dos meses ya cumplió la investigación del “caso Pollos”, y aun no se dictan procesamientos y la indagatoria continúa en etapa sumaria. La investigación está radicada desde el 26 de marzo del año pasado en el 34º Juzgado del Crimen de Santiago, a cargo de la jueza suplente Cheryl Fernández.
El caso implica a la empresa Agrosuper, controlada por Gonzalo Vial; la empresa Don Pollo, a cargo de Ramón Covarrubias Vives, y la firma Agrícola Ariztía, encabezada por Manuel Ariztía Ruiz. Por la participación de esta última, el actual director de Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (INDAP), Ricardo Ariztía, se vio forzado a declarar que no tiene “vinculación directa en las decisiones” de la productora de pollos que controla el clan familiar.
La Fiscalía Nacional Económica descubrió este caso de colusión de precios, mediante la cual estas empresas, que concentran al 90% del mercado de pollos en Chile, hacían una proyección del consumo del año en el país, para decidir las toneladas de carne de pollo a producir y vender por cada una de ellas. Así, Agrosúper, Ariztía y Don Pollo se repartían las cuotas del mercado.
De momento, lo que está en juego es la aplicación de multas de 20 mil unidades tributarias mensuales (UTA), unos 13 mil 500 millones de pesos a beneficio fiscal. La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (CONADECUS), a través de su presidente Hernán Calderón, resaltó este vacío de la legislación chilena.
“La legislación chilena no contempla indemnización en caso de colusión. Los consumidores no tenemos un procedimiento para demandar a estas empresas. Las infracciones al DL 211, que regula la competencia y colusión, no están incorporadas en la ley del Consumidor”, declaró.
El Decreto Ley N° 211 al que alude Hernán Calderón, data del año 2004, es el que confiere al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y a la Fiscalía Nacional Económica el resguardo de la libre competencia en los mercados de Chile. Pero las multas que estipula son sólo a beneficio fiscal. Es decir, se perjudica a consumidores, pero el castigo beneficia a las arcas del Estado, a través de la Tesorería General de la República.
Hasta el año 2003, existía en la ley la sanción de cárcel para el delito de colusión de precios, pero la normativa fue abolida porque la Justicia no la aplicó durante 40 años. A juicio del senador del PPD, Guido Guirardi, es oportuno reponer esta pena de cárcel en el actual contexto de concentración económica que existe en Chile.
“Sólo es posible esta colusión porque existen estos niveles de concentración económica. Tenemos que modificar el sistema de sanciones, las multas son insuficientes. Soy partidario de reponer la sanción penal, que existe en todo el mundo, que ataña a los gerentes y ejecutivos, para que sea un real desincentivo para estas prácticas”, recalcó.
Estados Unidos es referente mundial sobre penas de cárcel para los promotores de colusión y de indemnizaciones para los afectados, las cuales pueden triplicar el monto capitalizado. Pero a consecuencia del vacío legal existente en Chile, en el mejor de los casos esta indagatoria sólo terminará con multas para Agrosúper, Ariztía y Don Pollo, y libertad para los controladores Gonzalo Vial Vial, Ramón Covarrubias Vives y Manuel Ariztía Ruiz.