El 12 de agosto de 2009, durante una toma del Fundo San Sebastián, a 20 kilómetros de Collipulli, en la región de La Araucanía, fue muerto Jaime Mendoza Collío, de 24 años e integrante de la Comunidad Requem Pillán de la comuna de Ercilla.
La investigación judicial del caso partió con la detención del cabo de Carabineros, Miguel Jara Muñoz, para quien se pedía la pena de 15 años de presidio efectivo. La justicia militar determinó al principio 5 años y un día de cárcel, pero finalmente lo absolvió de todos los cargos, y declaró que el uniformado había actuado en legítima defensa.
El abogado Lorenzo Morales, quien ha representado a la familia de Mendoza Collío, ha solicitado la revocación de esta sentencia en la Corte Suprema, por considerar que es absurdo señalar que el carabinero actuó en legítima defensa, pues nunca se comprobó que la víctima haya estado armada o que se haya disparado algún tiro.
Por esto, el abogado querellante explicó que “para que hubiera ocurrido eso tendría que haber estado armado Jaime Mendoza Collío en ninguna pieza del expediente aparece eso, porque las testimoniales no solamente de los mapuches presentes, sino que de tres civiles se establece que nunca estuvieron armados. Si hubiera disparado Jaime Mendoza Collío hubieran quedado vestigios de los cartuchos y cuando se hace el rastreo no se encuentra ningún vestigio de que se haya disparado una escopeta. Cuando se dispara una escopeta se disparan más de 150 proyectiles balísticos pequeños. No se encontró nada en el sitio del suceso”.
El abogado ha detallado que además de los testimonios de mapuches, hay testigos civiles que vieron huir a Jaime Mendoza Collío, en la persecución de los Carabineros, y que la víctima no iba armada e incluso los civiles, que no tienen relación con la familia del mapuche, testificaron que uno de los carabineros dijo al otro que disparara antes de que se le escapara.
Respecto del trato dado por la Justicia Militar a este caso, la organización no gubernamental (ONG) ‘Observatorio Ciudadano’, que realiza seguimiento al trato institucional, político y policial que el Estado da al pueblo mapuche, criticó a través de su director, el abogado José Aylwin, la situación de total negación de derechos que enfrenta la comunidad mapuche en Chile, particularmente porque se trata de un pueblo que no es reconocido como tal, y por lo mismo no se atiende a su reivindicación territorial y cultural histórica.
En esa línea, el director del Observatorio Ciudadano señaló que “una parte importante de las observaciones y de las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos al Estado de Chile tuvieron que ver con la aplicación de Ley Antiterrorista, la persecución judicial utilizando tribunales militares y sobre todo los abusos policiales en comunidades mapuches, muchos de los cuales han derivado en situaciones de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes que violan la convención contra la tortura y también han resultado en la muerte de varios integrantes de comunidades mapuches incluyendo a niños”.
La conmemoración de los 4 años del homicidio de Mendoza Collío sucede en el contexto de la muerte de Rodrigo Meliano, de 26 años de edad, cuyo cadáver apareció con un tiro de escopeta en el tórax el martes 6 de agosto pasado, en el sector Chiguaihue de la comuna de Ercilla.
Importa señalar que en noviembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) va a resolver otro caso que implica a mapuches, como es la aplicación de la llamada Ley Antiterrorista contra Pascual Pichún, Aniceto Norín y Víctor Ancalaf, lo que podría convertirse en el primer fallo internacional contra el Estado de Chile por el trato que se da a la etnia mapuche. Cabe decir que el Estado chileno ya tiene 5 fallos adversos por violación de la Convención Americana de Derechos Humanos, que está vigente en Chile desde el 5 de enero de 1991.