Gobierno español restringe el derecho al aborto

España adoptó este viernes una reforma que permitirá la interrupción del embarazo sólo si la vida de la mujer está en riesgo o ha sido víctima de una violación. Desaparece la posibilidad de abortar en caso de anomalía fetal. Hasta ahora, la mujer podía elegir abortar hasta las 14 primeras semanas de gestación.
  • RFI
  • 22-12-2013

España adoptó este viernes una reforma que permitirá la interrupción del embarazo sólo si la vida de la mujer está en riesgo o ha sido víctima de una violación. Desaparece la posibilidad de abortar en caso de anomalía fetal. Hasta ahora, la mujer podía elegir abortar hasta las 14 primeras semanas de gestación.

El Consejo de Ministros de España aprobó este viernes reformar la ley del aborto, eliminando la actual legislación que permite la interrupción libre del embarazo en las primeras 14 semanas y hasta las 22 en caso de malformación del feto.

El texto, que debe ser aprobado por el parlamento, sólo permitirá la interrupción del embarazo si hay peligro “para la vida o la salud física o psíquica de la mujer” o que el “embarazo sea consecuencia de un delito contra la libertad sexual”. Además, las menores de edad necesitarán el consentimiento de sus padres para poder abortar.

De este modo, España vuelve a una legislación incluso más restrictiva que la vigente entre 1985 y 2010, ya que a partir de ahora el aborto legal no estará contemplado en caso de malformación.

Sin embargo, la mujer ya no podrá ser objeto de sanción penal por un aborto.

“El Gobierno lo que entiende es que en el supuesto dramático del aborto, la mujer nunca es culpable, la mujer siempre es víctima y, por lo tanto, en ninguno de los supuestos en los que esta conducta queda penalizada en nuestro Código Penal existirá (…) ningún reproche para la mujer”, explicó el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.





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