Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental despierta reparos en comunidades y ambientalistas

Este martes comienza a funcionar el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (SEA). La normativa busca dotar el servicio de una mayor credibilidad ante la ciudadanía. Sin embargo, el reglamento ha recibido críticas, principalmente de los dirigentes indígenas, porque establece procedimientos para regular la Consulta a los Pueblos, pero también existen una serie de reparos que generan la preocupación de técnicos y ambientalistas.

Este martes comienza a funcionar el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (SEA). La normativa busca dotar el servicio de una mayor credibilidad ante la ciudadanía. Sin embargo, el reglamento ha recibido críticas, principalmente de los dirigentes indígenas, porque establece procedimientos para regular la Consulta a los Pueblos, pero también existen una serie de reparos que generan la preocupación de técnicos y ambientalistas.

El cambio tiene como meta asegurar que el proceso de Calificación Ambiental sea técnico, transparente y eficiente, cumpliendo con las exigencias de la nueva institucionalidad ambiental que opera desde el 2010 en nuestro país, y que está conformada por el nuevo Ministerio de Medio Ambiente, la Superintendencia, los Tribunales Ambientales y el Servicio de Evaluación Ambiental, SEA.

Cabe señalar que la instancia evalúa los diferentes proyectos que se van a realizar en nuestro país. Después de tres años se concretó una modificación que cambia el reglamento de Evaluación de Impacto vigente con la finalidad de realizar evaluaciones tempranas y dotarlo de mayor credibilidad y coordinación con los organismos del Estado.

Respecto de este nuevo reglamento, el director ejecutivo del SEA, Ricardo Irarrázaval, indicó que la normativa servirá para “como adquirir una mayor credibilidad, tecnificando totalmente la evaluación ambiental de proyectos por un lado, pero también con un rol muy preponderante de la Superintendencia del Medio Ambiente en que ya no sólo es importante que las obligaciones queden bien expresadas en un documento que es la calificación ambi9ental del proyecto, sino que realmente esas obligaciones ambientales sean efectivamente cumplidas por las empresas”.

Pero la tramitación de esta iniciativa no fue fácil, principalmente por las críticas de los representantes indígenas, quienes se manifestaron en contra de que el reglamento regulara la Consulta a los Pueblos que está establecida en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ya que su origen fue inconsulto, cuando en paralelo, se intentaba consensuar un reglamento adicional para regular la norma internacional, el que no estaba exento de polémicas.

Ana Llao, Consejera Nacional de la Corporación de Desarrollo Indígena (CONADI) se refirió a este tema y adelantó el rechazo de las comunidades en el sur del país a la normativa y sus consecuencias.

En esa línea crítica, la dirigente de la CONADI explicó que “vuelve a prevalecer el acto de mala fe de este Gobierno en este caso, el acto de mala fe del Estado que está promoviendo inversiones económicas a costa de los pueblos indígenas, a costa de los territorios de los pueblos indígenas, por lo tanto, no es un reglamento pertinente. Yo no voy aprobar eso, así como las comunidades no lo han aprobado, seguramente todos los temas el SEA tienen que judicializarse solamente en las comunidades que intervienen”.

Pero ese no es el único problema de la normativa. También hay reparos técnicos al documento. La Directora Ejecutiva de Fundación Terram, Flavia Liberona, afirmó que el texto permite el atropello a otros importantes convenios internacionales.

En el contexto de las vulneraciones con otros convenios internacionales, la ambientalista señaló que “hemos detectado que casi al final del reglamento donde se establece la forma de los permisos ambientales sectoriales existe una violación a la Convención de Washington, que es una Convención para la protección de la Flora, Fauna y bellezas escénicas y esto es un reiterado de los distintos gobiernos en que se trata de violar la Convención de Washington en este caso. Se permite, yo diría con ciertas argucias legales la corta de especies declaradas monumento natural”.

Además, de la tala de especies se permite el paso de ciertas actividades por áreas protegidas, lo que asegura que es ilegal. También se violaría la Convención de Basilea ya que se reducen las exigencias para lograr la calificación ambiental de proyectos en cuanto a cantidades y disposición los desechos sólidos y tóxicos.

Cabe señalar que este reglamento fue recurrido ante el Tribunal Constitucional y se pidió también su anulación, al menos los artículos que vulneran tratados. Hasta ahora no hay un pronunciamiento, pero las organizaciones ambientales y los pueblos indígenas aseguran que continuarán con las acciones pertinentes para impedir que rijan estas normas que consideran “peligrosas”.





Presione Escape para Salir o haga clic en la X