El 28 de enero recién pasado tuvo lugar en Ginebra el segundo Examen Periódico Universal (EPU) del Estado de Chile ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. En el marco del EPU, mecanismo instituido por dicha entidad el 2006, los estados deben dar cuenta de los avances en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos. También deben dar cuenta del cumplimiento de las recomendaciones que le han sido formuladas por los estados miembros del Consejo de Derechos Humanos y estados observadores en anteriores EPU. Es así como el Estado chileno en esta oportunidad debió hacerse cargo de las 71 recomendaciones formuladas el 2009 por 53 estados en el primer EPU. Recordemos que tales recomendaciones incluyeron materias tales como la demora en la ratificación de tratados internacionales de derechos humanos, la justicia frente a las violaciones de derechos humanos del pasado, la situación de los derechos económicos sociales y culturales, la violencia policial, la competencia de la justicia militar para conocer causas que involucran a civiles, y la desprotección de diferentes sectores de la población, en particular pueblos indígenas, mujeres y niños.
El informe del Estado de Chile en este segundo EPU dio cuenta de los avances logrados en algunas estas materias en los últimos cuatro años, en gran medida coincidentes con los años del gobierno del presidente Piñera. Entre los avances relevados por el Ministro Baranda y su comitiva en Ginebra en esta oportunidad destacaron la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra Desapariciones Forzadas, la creación del INDH, la dictación de la Ley Anti discriminación, y las medidas para atender a los derechos de pueblos indígenas, las que a juicio del Ministro incluyeron la implementación del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, la elaboración de un reglamento de consulta acorde con éste, y la compra de tierras.
Aunque en el diálogo interactivo que allí tuvo lugar algunos estados presentes -un total de 84- valoraron estos avances, la mayoría de ellos solicitó información sobre diversas materias, expresó su preocupación sobre otras, y en particular realizaron recomendaciones referidas a aspectos de derechos humanos en los que el Estado de Chile muestra escaso o nulo avance desde el 2009. Tales preocupaciones, debe señalarse, fueron coincidentes con las que muchas organizaciones de sociedad civil, de pueblos originarios y el INDH hicieron ver en sus informes enviados al mismo Consejo en el marco de este segundo EPU.
Entre las principales recomendaciones formuladas al Estado de Chile en este segundo EPU destacan la investigación del uso excesivo de la fuerza por parte de las policías en manifestaciones sociales y la educación en derechos humanos para quienes integran dichas instituciones; asegurar que la justicia militar excluya a los civiles de su competencia; la adopción de medidas para que los centros de detención cumplan con los estándares internacionales de derechos humanos; el combate a la violencia doméstica y la adopción de una legislación referida a la violencia contra la mujer; la despenalización del aborto en casos de violación o riesgo a la vida de la mujer; la adopción de legislación y medidas para hacer frente a las actitudes discriminatorias prevalentes en la sociedad en relación con el género y la orientación sexual; y aquellas referidas a la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, como el acceso a los servicios de salud y la equidad en los fondos de pensiones.
El tema de mayor preocupación de los estados, sin embargo, fue el de los derechos de pueblos indígenas. Al menos 30 estados que intervinieron en el EPU lo hicieron para manifestar su preocupación y/o recomendaciones de medidas legislativas o políticas para hacer frente a los obstáculos que estos pueblos y quienes los integran enfrentan para el ejercicio estos derechos. Entre los temas planteados al Estado chileno en relación a estos pueblos destacaron la necesidad su reconocimiento constitucional y de establecer mecanismos para garantizar su participación en la toma de decisiones; el combate a la discriminación en contra de las personas indígenas; la protección frente a hechos de violencia policial en contra de integrantes de estos pueblos, afectando a mujeres y niños; asegurar que la aplicación de la ley antiterrorista no afecte los derechos de las personas indígenas; la plena implementación del Convenio 169, en especial en el establecimiento de mecanismos de consulta conforme a los estándares de este Convenio; y el desarrollo de procesos de diálogo y negociación frente a las reclamaciones por tierras y recursos naturales de estos pueblos.
Cabe destacar que las recomendaciones de la comunidad internacional en el marco de este segundo EPU de Chile son hechas en momentos en que en el sur del país recrudecen conflictos que los medios de comunicación atribuyen a los mapuche. Ello sin hacer un análisis sobre los graves déficit que Chile tiene en esta materia, no solo desde una perspectiva jurídica, sino también de una política pública que ponga término a su discriminación en las esferas política, económica y cultural, déficit que fueron constatados en la presente examinación. Algunos podrían sostener, como en el pasado, que la comunidad internacional está mal informada o manipulada por sectores interesados en difamar a Chile. Ello no parece sostenible si tenemos presente que dichas preocupaciones han sido manifestadas por los representantes de Australia, Canadá, Estados Unidos, Suiza, Brasil, entre muchos otros países con los que Chile tiene una relación cercana, y difícilmente pueden estar interesados en desvirtuar la realidad de derechos humanos existente en el país.
Aunque muchos de los rezagos de Chile en materia de derechos humanos constatados en este su segundo EPU no son nuevos, sino que se trata de deudas que el Estado mantiene desde la dictadura, la importancia es que sus conclusiones y recomendaciones son realizadas a casi un mes de asumir Bachelet como presidenta por un nuevo periodo de gobierno. El EPU, por lo mismo, debería constituir un marco de orientación de la administración de Bachelet en materia de derechos humanos. Debería orientar también, sin lugar a dudas, la actuación de los demás órganos del Estado, incluyendo el poder legislativo, en lo que tiene que ver con la adopción de medidas para hacer efectivas las reformas propuestas por la comunidad internacional, y el judicial, el que no puede ignorarlas al momento de impartir justicia.
A diferencia de su primera administración, Bachelet y su coalición política tienen no solo un importante respaldo social, sino una mayoría sin precedentes en el Congreso Nacional. A pesar de las limitaciones del binominal y de los quórum supra mayoritarios aún vigentes, los que sin duda limitan la soberanía popular y cuya remoción sigue constituyendo un desafío central desde la perspectiva de los derechos humanos, Bachelet cuenta hoy con los votos necesarios para hacer allí muchas de estas transformaciones.
Cabe esperar entonces que los derechos humanos tengan en esta nueva administración de Bachelet la centralidad que en muchos aspectos, tales como los derechos de los pueblos indígenas, no tuvieron en su primera administración.