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Año XVI, 28 de marzo de 2024


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Defensa de Celestino Córdova presentará recurso para anular juicio por falta de pruebas

El tribunal determinó la culpabilidad del machi Celestino Córdova por el delito de incendio de bosques con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay y lo absolvió por el caso Seco-Fourcade. Además, los jueces desestimaron que la acción en la granja Lumahue pudiera ser tipificada como acción terrorista. Por su parte, mientras el Gobierno valoró el fallo por establecer una jurisprudencia que orienta próximos juicios en la región, los abogados defensores adelantaron que, luego que se conozca la sentencia condenatoria, solicitarán la nulidad del juicio contra la autoridad Mapuche.

Cristián Pacheco

  Jueves 20 de febrero 2014 21:15 hrs. 
Formalizacion de cargos a Celestino Cordova

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Este jueves, pasadas las 14:00 horas, el Tribunal Oral de Temuco dio a conocer el veredicto del juicio contra el machi Celestino Córdova, único imputado por la muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay.

Córdova fue absuelto por delito terrorista, pero declarado culpable del incendio con resultado de muerte de la pareja.

El tribunal señaló que no se pudo comprobar que la acción buscara infundir temor en la población, siendo desacreditada la figura de dolo terrorista. Tampoco fue posible demostrar que el incendio tuviera algún propósito particular ni que estuviera conectado con otros hechos similares.

En relación a la otra causa por la que el machi fue imputado, Córdova fue absuelto respecto del ataque al fundo Santa Isabel en que se vieron involucrados Pío Seco y su esposa María Isabel Fourcade. Por este caso, los jueces establecieron que las acciones sí tuvieron carácter terrorista.

En la audiencia presidida por el juez Luis Sarmiento se dio lectura a los principales antecedentes que condujeron al fallo, para luego determinar la participación de Celestino Córdova en el incendio en la granja Lumahue, apoyándose principalmente en que el machi fue encontrado en las cercanías del fundo y la casa incendiada.

“Este descubrimiento sentado por los funcionarios policiales señalados tienen la virtud de producirse a poco de los hechos, y ha sentado en el tribunal un poderoso indicio de participación del encausado, que unidos a otros elementos que se expresarán en la resolución judicial definitiva, conducen inequívocamente a establecer que el encausado participó del dolo delictivo grupal de quienes atacaron la residencia del matrimonio Luchsinger-Mackay, con el fin de terminar con sus vidas”, se leyó durante la audiencia.

El Gobierno, a través del ministro del Interior, Andrés Chadwick, expresó su satisfacción por el veredicto del tribunal. El secretario de Estado también destacó la labor de la Fiscalía Regional de la Araucanía y del equipo jurídico del ministerio del Interior.

No obstante, Chadwick manifestó que el Gobierno tiene discrepancias por la decisión de los jueces de desestimar que el incendio en la granja Lumahue buscara generar temor en la población.

“Insistiremos ante los tribunales de Justicia que estos actos sí son conductas terroristas, sí están llamadas a causar temor en la población o en una parte de ella, de ser víctima de este mismo tipo de delito. Y a nuestro juicio eso estaba muy bien fundado y argumentado por la Fiscalía y por los abogados del Ministerio”, expresó Chadwick.

El ministro aseguró que este caso permite avanzar en jurisprudencia y comprensión de actos terroristas, lo que puede orientar a los jueces de la Región de la Araucanía en próximos juicios.

Por su parte, Karina Riquelme, una de las abogadas defensoras de la autoridad religiosa, señaló que van a esperar la sentencia para evaluar los antecedentes por los cuales el tribunal llegó a la conclusión de que el machi recibió un disparo de la víctima.

Sin embargo, adelantó que presentarán un recurso de nulidad del juicio, porque consideran que no hay indicios suficientes que acrediten la participación en el incendio, ni que este fuera herido por Werner Luchsinger o por otra persona con el arma del fallecido.

“Nosotros entendemos que efectivamente no hay pruebas. El tribunal lo dijo incluso en su veredicto, que a través de indicios llegó a esta conclusión. Por eso creemos que los indicios no pueden derribar la prueba científica que fue la que nosotros planteamos y que llevamos a juicio, según la cual entendemos que nuestro representado debió haber sido absuelto”, aclaró la jurista.

La abogada del Centro de Defensa Sur también expresó que la acreditación como delito terrorista del incendio en el fundo Santa Isabel establece un mal precedente para el pueblo Mapuche.

El próximo viernes 28 de febrero a las 16:00 horas en el Centro de Justicia de Temuco se dictará la sentencia definitiva para Celestino Córdova, quien arriesga de 15 a 40 años de presidio.

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