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Derogación de Ley Antiterrorista podría terminar con testigos protegidos

Un grupo de diputados de la Nueva Mayoría presentó finalmente el proyecto de ley que busca derogar la Ley Antiterrorista, adelantándose  con esto a la propuesta en la que trabaja el Gobierno a través de una Comisión de Expertos dedicada a su modificación. Los parlamentarios explicaron sus contenidos y la iniciativa recibió comentarios de las autoridades y de académicos especialistas en la materia.

Paula Correa

  Miércoles 6 de agosto 2014 17:35 hrs. 
ley antiterrorista

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La iniciativa surge de una moción del diputado socialista Marcelo Schilling pero fue firmada por sus par Manuel Monsalve, además del diputado Demócrata Cristiano René Saffirio, el PPD Marco Antonio Núñez, el Radical Marcos Espinoza y los parlamentarios comunistas Hugo Gutiérrez, Daniel Núñez , y Camila Vallejo , además de Sergio Aguiló de la Izquierda Ciudadana.

En su primer artículo, el proyecto plantea derogar la Ley 18 mil 314, que determina las conductas terroristas y fija su penalidad. También busca modificar el Código Penal, agregando como agravante a los delitos comunes ejecutar estos actos “en lugares de uso público, redes de transporte o instalaciones de infraestructura”, cuando pudiera “afectar la vida lo la integridad corporal de las personas”.

El documento también define el delito terrorista “como integrante de una asociación de personas, con una estructura orgánica, reglas propias y disciplina que produzcan el efecto de generar entre sus miembros vínculos estables o permanentes”.

En conversación con Radio Universidad de Chile, el diputado Hugo Gutiérrez afirmó que con la iniciativa se deroga totalmente esta legislación “que es espuria desde su origen, surgió para combatir la disidencia política, la oposición, impidiendo que haya conflictos sociales que se expresen con toda su fuerza” y añadió que se debe “discutir con más exactitud y rigurosidad el tema, lo que no se ha hecho en nuestro país”.

Además, el diputado Schilling sostuvo que se ha convertido en una ley ineficaz, con lo que coincidió el mismo Ministro del Interior Rodrigo Peñailillo, quien señaló que sólo el diez por ciento de los procesados por esta ley ha sido condenado y añadió que si bien no conoce el detalle de la moción, pueden existir muchos puntos de acuerdo.

“Es una ley que está cuestionada internacionalmente, que en todos los foros internacionales está profundamente cuestionada y por lo tanto necesitamos una Ley Antiterrorista que sea de la democracia, con un debate democrático y que sea eficaz”, afirmó.

Recordemos que el gobierno trabaja con un Comité de Expertos, abogados de distintos sectores, la Fiscalía Nacional, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) “para entregar, en las próximas semanas, una propuesta definitiva de una nueva Ley Antiterrorista para Chile”, dijo el secretario de Estado.

En ese sentido, surgieron críticas cuando los parlamentarios tomaron la iniciativa adelantándose a las conclusiones de la Comisión. Ante esto, Gutiérrez señaló que la moción busca que se retire la mala ley existente para que pueda ingresar un texto mejorado, que se adecúe a los estándares internacionales como han sostenido las autoridades.

La idea no molesta a los expertos en la materia, quienes miran con buenos ojos la derogación del cuerpo legal. Myrna Villegas, Doctora en Derecho Penal y Derechos Humanos e Investigadora del Centro de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Central, afirmó que el proyecto va, en general, en la línea correcta.

“La idea de derogar la ley de conductas terroristas está bien”, afirmó y añadió que, en los últimos cinco años, “a la vista de cómo se ha ido aplicando queda claro que hay un problema del concepto de terrorismo pero también de su aplicación y hay un abuso de las medidas procesal penales”, con ampliaciones de las restricciones de garantías que es necesario eliminar, dijo. “Yo creo que desde esa perspectiva la mejor Ley Antiterrorista es la que no existe, eso ya se viene diciendo hace muchos años”.

La experta en terrorismo afirmó que al incluirla como una agravante “podría suscitarse alguna clase de problemas en orden a confundir ciertos tipos de criminalidad” pero en general expresó que la idea “no es mala en absoluto” al ser visto en el documento el terrorismo como un “delito de organización”, lo que es correcto, afirmó. El problema pasa por si es adecuado contemplarlo en el tipo penal mismo, detalló, porque se allí están contemplando finalidades y ánimos subjetivos, lo que genera complicaciones a la hora de las pruebas, con lo que se tiende a atentar contra derechos como la presunción de inocencia.

Myrna Villegas ha sostenido varias veces que en nuestro país no hay terrorismo y que se está haciendo una utilización de la ambigüedad del término y afirmó: “Si bien es cierto que el terrorismo es un atentado al Orden Constitucional, y lo sigo pensando, para mí el auténtico terrorismo es el de los paramilitares que atentan contra la libre determinación de los pueblos”.

La académica planteo que el cuerpo legal es complejo también por sus posibles efectos: “La Ley Antiterrorista potencialmente alcanza a todos los ciudadanos”, afirmó, al ser investigados bajo estos parámetros, que restringen los derechos las personas, ya que, cuando se investiga un delito de terrorismo, el Estado tiene a su haber una batería de herramientas legales que lo permiten”. 

En este sentido, sostuvo que es un buen paso acabar con el procedimiento que permite la utilización de testigos protegidos, la ampliación de los plazos de detención en manos de las policías, la intervención de comunicaciones, el secreto de la investigación y otras violaciones de garantías constitucionales en las que hoy se incurre.

No olvidemos que existe una serie de recomendaciones de organismos internacionales como la de Ben Emmerson, Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Contra-terrorismo, Rodolfo Stavehahen, relator especial para los Pueblos Indígenas, además de antecedentes como el reciente fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que recientemente cuestionó la figura del testigo protegido y la falta de garantías en los procesos judiciales conducidos bajo esta legislación.

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