Justicia acoge recursos de protección por tomas en el Instituto Nacional

El tribunal ordenó a la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá, en su calidad de sostenedora del Instituto Nacional, que adopte de manera oportuna todas las medidas necesarias ante eventuales nuevas tomas, para "garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar".

El tribunal ordenó a la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá, en su calidad de sostenedora del Instituto Nacional, que adopte de manera oportuna todas las medidas necesarias ante eventuales nuevas tomas, para "garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar".

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recursos de protección presentado por padres y apoderados de alumnos del Instituto Nacional, en contra de la municipalidad de Santiago, el rector del colegio y alumnos por las tomas que se han realizado en el establecimiento y los protocolos que autorizan este tipo de acciones.

La Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Escobar y Marisol Rojas, además del abogado Joel Gonzalez- acogió los recursos presentados por considerar que las tomas del establecimiento violan el derecho a libertad de enseñanza de los recurrentes, entre otras garantías constitucionales.

Además, ordena a la alcaldesa Carolina Tohá, en su calidad de sostenedora del Instituto Nacional, que adopte de manera oportuna todas las medidas necesarias ante eventuales nuevas tomas, para “garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar”.

“La imposibilidad fáctica que impone una toma de asistir a clases y recibir educación conculca las garantías constitucionales de libertad de enseñanza, derecho de propiedad en relación con el derecho a la educación y la integridad psíquica y física de los recurrentes; dichas garantías se han visto perturbadas por las tomas ya realizadas y amenazadas por futuras tomas, cuestión que se ve corroborada por la jurisprudencia uniforme y reiterada desde hace tres décadas de nuestro más alto tribunal que ha sostenido”, establece el fallo.

La resolución de la Corte de Apelaciones ordena que se adopten las siguientes medidas:

A) Que los estudiantes recurridos deberán abstenerse de organizar o llamar a votaciones sobre tomas y paralizaciones de las actividades escolares como así también que se materialicen las mismas.

B) Que se deja sin efecto el “Protocolo” suscrito por la Dirección de Educación Municipal de la Municipalidad de Santiago y los estudiantes, debiendo además la autoridad edilicia y todo otro órgano municipal, abstenerse de firmar cualquier documento que fije condiciones o requisitos para la procedencia y mantenimiento de tomas o paralizaciones referido al establecimiento educacional.

C) Que la señora alcaldesa doña Carolina Tohá Morales o quien ejerza sus funciones, deberá en caso de futuras tomas que afecten al Instituto Nacional José Miguel Carrera adoptar oportunamente, en su calidad de sostenedora del mismo, todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley General de Educación en cuanto a “garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar” lo que implica, entre otras cosas, mantener el establecimiento educacional en funciones y en condiciones tales que permitan la continuidad y normal realización de las actividades escolares correspondientes al presente año escolar 2014.

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Juan Escobar, quien consideró que las medidas deben ser adoptadas por otros organismos del Estado y no por la vía jurisdiccional.





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