Serias dudas por parte de los actores de la industria del reciclaje genera la elaboración del reglamento de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor respecto de lo referido al movimiento transfronterizo de residuos peligrosos, entre ellos su exportación e importación.
Esto debido a la posibilidad de que en el reglamento que elabora la autoridad ambiental se incluya la alternativa de exportar este tipo de materiales eliminando el decreto 2 del ministerio de Salud que prohíbe la exportación de baterías de plomo fuera de uso.
En la actualidad, este tipo de baterías son procesadas por la empresa Recicladora Ambiental, RAM, cuya planta se emplaza en la ciudad de Calama y que además se dedica al reciclaje de residuos plomados de la minería.
Dicha firma ha expresado sus reparos por la forma en que el Ministerio del Medio Ambiente está llevando a cabo la elaboración del reglamento de la Ley REP, sin estudios técnicos y donde no se contempla una consulta pública abierta conforme a las recomendaciones regulatorias de la OCDE, ya que sólo han sido convocados a su discusión los potenciales exportadores de las baterías fuera de uso.
Además exponen que de permitirse la exportación de este tipo de residuos se vulnerarían convenios internacionales firmados por nuestro país como afirma el gerente general de RAM, Antonio Carracedo “Chile ha sido reconocido en esta materia en la OCDE por el decreto 2, que impide la exportación y una de esas pocas cosas a favor que tenemos lo estamos eliminando sin ningún motivo que se haya podido explicar”, afirmó el ejecutivo.
Recordemos que uno de los propósitos de la elaboración de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor era incentivar la industria recicladora nacional, lo que no se cumpliría si la autoridad ambiental autoriza la exportación de este tipo de residuos.
Esto porque la exportación de baterías de plomo resulta económicamente más rentable para las empresas importadoras de este tipo de productos que procesarlas en territorio nacional.
De hecho esto perjudicaría la aparición de nuevos actores como sostiene Patricio Andrades, representante de una firma que pretende comenzar a procesar este tipo de productos pero que vería perjudicada su inversión de autorizarse la exportación de baterías.
A juicio de Andrades, en los argumentos planteados por la autoridad han desconocimiento de cómo funciona el mercado “hay falta de información de cómo opera el mercado. Nosotros fuimos a una actividad con representantes del Gobierno y se nos dijo que lo que pasaba es que faltaba capacidad instalada en el país para producir y por eso se sabía que solo el 70% de la producción nacional llegaba a esa planta de procesamiento y eso no es así”, señaló.
Los parlamentarios que aprobaron la ley REP han hecho patente su inquietud respecto de este reglamento y por lo mismo se han enviado una serie de oficios al ministerio del Medio Ambiente para conocer la forma en que se está redactando el texto.
Para el diputado socialista Daniel Melo, sería una grave falta que el documento elaborado por el gobierno fuera contrario al espíritu de la ley “el reglamento debe estar en sintonía con el espíritu de la ley, por otro lado el Estado y los reglamentos deben estar supeditados a las convenciones que el propio Estado ha firmado y se ha hecho parte, si eso no es así es una grave falta”, declaró.
Otro aspecto que preocupa en el extranjero es la posibilidad que dichos residuos sean exportados a Perú, país que aparece como el más conveniente para los importadores de baterías, esto por los costos y casi nula exigencia para operar.
En la actualidad estos desechos son depositados en la zona de Ventanilla, al norte de Lima, zona que en estos momentos presenta una crisis de contaminación producto del plomo, la que se vería agudizada si se permite la llegada de residuos provenientes de nuestro país.