Refichaje: Cambios del Servel legitimarían fraude electoral

  • 06-02-2017

En  la  ley  orgánica constitucional que rige los partidos políticos, número 20.915, del 15 de abril del año 2016, en su artículo 6, el legislador fue claro y explícito. Por ende, no caben interpretaciones supletorias antojadizas  a dicha norma, tanto por los dirigentes de los partidos políticos como por la dirección del SERVEL, quien es el organismo de debe acatarla y ejecutarla en su integridad.

La polémica que ha surgido sobre la extensión del plazo del 13 de abril, plazo fatal, para completar tanto las nuevas afiliaciones como el fichaje de antiguos militantes, es artificial, deliberada y mortificante, puesto que no existe ningún fundamento legal que amerite su modificación como la introducción de elementos no considerados en los requisitos establecidos para la constitución de los partidos políticos.

Aceptar elementos adicionales o supletorios invocados por el SERVEL es contrario a lo dispuesto por esta ley orgánica constitucional. Dicha ley es imperativa, de carácter público. Es decir, se inspira en el interés general más que en el de los individuos No tiene el carácter de individual o particular para beneficiar a un grupo o a un individuo. Luego entonces, su inobservancia, produce nulidad absoluta puesto que ordena proceder en el sentido de su redacción y no en otro, y la voluntad de los particulares no puede sobreponerse al interés público general.

La ley imperativa, como es la de partidos políticos en comento, impone desde luego una obligación y la necesidad de respetar su cumplimiento por todos los sujetos de la sociedad sin exclusiones.

La polémica entre partidos nuevos y tradicionales es un argumento fuera del debate normativo. Es una cuña deliberada introducida por aquellos ignaros que buscan desacreditar el rol histórico de los partidos en la sociedad chilena. Es decir, su  argumento se basa, en la refundación de la política y de las organizaciones, invocado tanto por fascismo italiano como por los regímenes autoritarios en Latinoamérica.  Chile vivió la experiencia nefasta de una tiranía que invocó la refundación moral ética, de la sociedad y sabemos cómo terminó.

De manera que no existe argumento lógico y coherente en esta discusión entre partidos nuevos y tradicionales. Más bien carece de sentido. Nadie es mejor que otro.

No somos partidarios de introducir elementos distorsionadores de la ley. Permitirlo sería reforzar a quienes sostienen el deterioro de la legitimidad de la política y de los partidos. Insensato sería aceptar una afiliación distinta a la establecida. El SERVEL carece de autoridad y legitimidad para ello. Estaríamos en presencia de un FRAUDE A LA LEY Y UN DOLO  DEL DERECHO ELECTORAL.

Por primera vez, en la historia electoral de Chile, existe un cuerpo legal exhaustivo, transparente, democrático y regulador de la actividad política partidaria, que elimina las malas prácticas, establece la auditoria pública en el manejo del financiamiento y del uso de sus recursos a objeto de evitar discrecionalidades y arbitrariedades que en el pasado subsistieron .

Aceptar la maniobra administrativa electoral del SERVEL, es volver a esas prácticas que la sociedad rechaza por ilegítimas y desconocedoras de la voluntad popular. Es un intento de FRAUDE  que los partidos no deberían aceptar, puesto que desnaturaliza su función como instrumento de representación popular.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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