Derechos humanos y Constitución

  • 05-04-2017

Grínor Rojo, profesor, investigador  y escritor de nuestra casa de estudios, señala que Simón Bolívar, como republicano consecuente, creyó en las constituciones, “herramientas en cuyas virtudes (…) contaba con seguridad más de lo que era bueno: constituciones sabias determinaban conductas sabias indefectiblemente (…) Fracasó, como no podía sino que fracasar, y por algo que él mismo intuyó, pero se negó a admitir: porque las condiciones objetivas para la instalación de una institucionalidad moderna como la que él tenía en su cabeza no estaban dadas aún en Latinoamérica[1]

200 años después, con la institucionalidad moderna que nuestras repúblicas dolorosas de América [1] pudieron instalar, la modernización de los países latinoamericanos sigue siendo un tema vigente, complejo e irresuelto en varios aspectos.

El Estado de Chile se ha comprometido ante el Sistema Internacional de Derechos Humanos a garantizar la libre determinación de su pueblo, que involucra la libertad de escoger su política, de proveer su desarrollo económico, social y cultural y disponer de sus riquezas y recursos naturales (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y  el de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) ¿Cuándo se ha respetado plenamente este derecho en Chile? ¿Lo habrán acatado los países miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la misma ONU? Aquí yace una paradoja difícil de franquear: cuando los tratados internacionales a los que podemos invocar son, en ocasiones, letra muerta o, al menos, deslustrados por los abusos de poder que demuestran nuestras grandes inconsecuencias como humanidad.

La etapa participativa del proceso constituyente impulsado por este Gobierno culminó el año pasado, sistematizándose “90.804 consultas individuales, 7.964 ELA, 656 mesas de Cabildos Provinciales y 491 mesas de Cabildos Regionales” (Informe Ejecutivo Comité de Sistematización). De estos diálogos ciudadanos, consultivos y no vinculantes, surgieron las Bases Ciudadanas para una Nueva Constitución, conjunto de documentos entregados a la Presidenta el 16 de enero del presente año y que debiera ser el sustento del proyecto de nueva Constitución que enviará el poder Ejecutivo.

Sin embargo, antes es necesario reformar el capítulo 15 de la Constitución vigente, ya que esta no admite mecanismos de reemplazo. El proyecto de reforma consta, en teoría, de dos partes: la modificación de la actual Carta Magna y los mecanismos para la discusión de su reemplazo. Dichos mecanismos son los siguientes: una Comisión Bicameral, formada por representantes del senado y de la cámara de diputados; una Convención Constituyente mixta, integrada por parlamentarios y actores de la sociedad civil y, por último, una Asamblea Constituyente. El 2018, será el Congreso elegido el año anterior el que tomará la decisión respecto del mecanismo constituyente a emplear y discutirá el proyecto de Nueva Constitución. Sólo de no existir acuerdo entre los parlamentarios, la sociedad civil tendrá el derecho a escoger el mecanismo de reforma constitucional. En un proceso final de ratificación, la ciudadanía será convocada a plebiscito [2].

El Informe Ejecutivo de las Bases Ciudadanas para una Nueva Constitución releva contenidos que la sociedad civil hace tiempo viene poniendo en la palestra. Destacan los principios y valores de la democracia participativa, descentralización, igualdad y justicia social, en lo que a derechos y oportunidades de acceso concierne, y conservación de la naturaleza, en estrecha ligazón con la sustentabilidad.

Los derechos que proclamaron los ciudadanos actores de la etapa participativa de este proceso constituyente tampoco sorprenden: a la educación, salud, vivienda digna, seguridad social, igualdad ante la ley y a vivir en un ambiente libre de contaminación.

El Parlamento es aún una institución valiosa para quienes participaron de los encuentros ciudadanos; a pesar del descrédito que sufren varios de nuestros congresistas. Pero también hay una demanda clara de mayor participación democrática, en la reiterada aparición de los referendos, plebiscitos y consultas.

Asumiendo, en este incierto panorama electoral, la solidez de las Bases Ciudadanas, resultantes de un proceso en el que participaron cerca de 215.000 personas (sumando las cifras entregadas en el Informe Ejecutivo), no hay certeza de que estos documentos sean tomados en consideración por el próximo Gobierno. En ese caso, se habrán gastado en vano recursos y tiempos considerables. Por lo pronto, la Presidenta acaba de enviar el proyecto de ley que modifica el artículo 15 de la actual Constitución, estableciendo una Convención Constitucional, cuya apertura depende de la aprobación de los dos tercios del Congreso. Luego, la composición de esta Convención o Sede Constituyente, afirmó Bachelet, no está cerrada a ninguna alternativa.

Podemos creer en un Estado garante del mandato de la Constituyente, la que a su vez, recibe el mandato del pueblo; podemos creer en una Asamblea Constituyente que refleje la diversidad de Chile, justamente representada de acuerdo a la cantidad de habitantes. Sin embargo, es difícil no desalentarse con la historia del Estado chileno: ninguna de las tres Constituciones que nos han regido ha sido fruto de la libre voluntad de la sociedad civil, y dos de ellas, además, fueron producto de sangrientos golpes de Estado.

La actual Constitución no cumple con los fundamentos de una democracia participativa. En lo que a estructuración de los poderes del Estado refiere, tenemos un Poder Ejecutivo muy fuerte y un Tribunal Constitucional que realmente es un lastre, por su carácter autoritario, conservador y por el gran poder que detenta. En lo que concierne a los derechos que garantiza, no es congruente y coherente, de un modo integral, con el Sistema Internacional de DDHH. Por el contrario, hay una serie de derechos, como a la vivienda, que la Constitución no consagra. Otros derechos se trasmutan por libertades, como la libertad al trabajo. Otros se encuentran hipertrofiados, como el de propiedad.

Escuchamos el eco de un republicano consecuente como Bolívar, que creyó en las constituciones, tanto o más que en las guerras. Cabe preguntarse por aquellas condiciones objetivas no dadas para la instalación de una institucionalidad moderna en Latinoamérica, a las que Grínor Rojo refiere. Cabe preguntarse, en este sentido, por las condiciones para la creación, instalación y pervivencia de una Constitución soberana, con una sociedad civil que sea origen y portadora del poder del Estado [3]. Cabe preguntarse si acaso sabias constituciones motivan sabias conductas; ojalá  fuera una relación recíproca. De lo que no cabe duda, es que, tal como dijo hace más de un siglo, “Trincheras de ideas valen más que trincheras de piedra” y, seguidamente,  “Injértese en nuestras Repúblicas el mundo; pero el tronco ha de ser el de nuestras Repúblicas (Nuestra América).

[1] Para el seminario “Problemas fundamentales de la cultura de América Latina. La era republicana”, en el Centro de Estudios Culturales Latinoamericanos (CECLA), de la Universidad de Chile. Leído también en la I Jornada de Estudos Latino-Americanos. “Nuestra América: Cenários e perspectivas”. Universidad Federal de Minas Gerais, Brasil, el 17 de octubre de 2013.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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