El Fiscal Pablo Gómez, presentará ante el Octavo Juzgado de Garantía la Suspensión Condicional del Procedimiento (SCP) en favor de SQM, con lo que podría terminar el proceso de investigación en que se encuentra la compañía, terminando en el cobro de una multa de poco más de 3 millones de dólares.
Sobre la postura abordada por la fiscalía, el Consejo de Defensa del Estado, quien se opuso rotundamente a terminar con este proceso, dejando explícitamente dicho en la sesión del 8 de agosto: “Comunicar al Ministerio Público la opinión contraria del Consejo a una suspensión condicional del procedimiento planteada en relación con la investigación penal”.
El abogado Mauricio Daza, dijo que” la oferta hecha por el fiscal Pablo Gómez a SQM para dejar impune a la compañía y poner término a la investigación, en relación a múltiples delitos de cohecho, es realmente vergonzosa, esto porque se le permite a la empresa pagar una multa que represente una fracción de sus utilidades diarias y así no seguir investigando esta red de corrupción que se ha denunciado y que habría montado la empresa en su propio beneficio a través de distintos gerentes y personeros que habrían afectado a gran parte de los partidos políticos de nuestro país”.
Según los argumentos ventilados en esa discusión, es la ley sobre responsabilidad penal de las empresas (Ley 20.393) y la Ley Orgánica del CDE, las que sustentan la tesis de la exclusión del CDE. Esto, porque según se ha esgrimido, a la empresa se le podría acusar de responsabilidad penal en virtud del delito base (cohecho) en la medida en que no posea un sistema de prevención de delitos.
“Lo que llama la atención es que estamos frente a una multa de 3.8 millones de dólares que no representa nada para la empresa, sino que además el fiscal Gómez no aplica otro tipo de sanciones que están contempladas en la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas como por ejemplo: la capacidad de limitar o prohibir el que la empresa SQM sea contraparte del Estado a futuro. Esto sería una sanción ejemplar, ya que gran parte de lo que recibe la compañía deriva precisamente de la explotación minera del estado”, profundizó Daza.
El jurista Pablo Daza , Explicó que “lo que hace el Consejo de Defensa del Estado es sencillamente aplicar la ley, la cual establece parámetros para determinar la cuantía de las penas en personalidades jurídicas, entre lo que se cuenta como parámetro el tamaño de la compañía, la gravedad de los hechos y su afectación a aquellos intereses que se tratan de proteger o las normas penales. En este caso, el interés que se trata de proteger es la fe pública y el buen funcionamiento del estado, lo que se ha visto gravemente afectado por el sinnúmero de hechos de corrupción a los cuales se le ha imputado a SQM”.