El Undécimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización $180.000.000 (ciento ochenta millones de pesos) a la cónyuge, hijo y hermanos de Mario Morris Barrios, quien fue detenido en septiembre de 1973 y ejecutado meses después en el campo de prisioneros de Pisagua.
En el fallo (causa rol 12.563-2016), el juez Ricardo Núñez Videla acogió la demanda presentada en contra del fisco, tras establecer que el homicidio del trabajador de Aduanas constituye un crimen de lesa humanidad, según la aplicación de la Convención de Ginebra, la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Convenio sobre Desaparición Forzada de Personas.
La resolución agrega: “Por lo demás no resulta efectivo el planteamiento de que no existen obligaciones imprescriptibles en el derecho nacional, pues desmiente ello lo dispuesto en la Ley que regula el Crédito con Aval de Estado en donde en el párrafo segundo del artículo 13 se señala: “En cualquier caso, las cuotas impagas del deudor, sea por cesantía o cualquier otra causal, no prescribirán, debiendo el Estado proceder al cobro de las mismas hasta la total extinción de la deuda, utilizando para ello los mecanismos establecidos en el Título En consecuencia habrá de rechazarse las alegaciones de prescripción formuladas por el Fisco de Chile”.