Pena de muerte


Martes 13 de febrero 2018 15:08 hrs.


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Señor Director:

La discusión sobre la pena de muerte, necesariamente encuentra su marco en normas jurídicas. La pena capital fue derogada para los delitos comunes el año 2001, y únicamente permanece vigente para delitos militares cometidos en tiempos de guerra.

Desde la perspectiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la pena de muerte no puede ser reestablecida pues la Convención Americana de Derechos Humanos (comúnmente conocida como Pacto de San José de Costa Rica) no permite la aplicación de esta pena a delitos que actualmente no la consideran, de modo que no se podría modificar la pena de los delitos más graves para imponer la pena capital.

Desde el punto de vista del derecho penal, la pena de muerte es una no-pena; no cumple ningún fin y es una sanción que no respeta derechos fundamentales.

En fin, la pena de muerte es un exceso que un Estado democrático de derecho no puede permitir.

El contenido vertido en esta Carta al director es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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