Dos condenas de presidio para Juan Flores por caso Bombas II

Juan Flores Riquelme fue encontrado culpable de los delitos de colocación, activación y detonación de artefacto explosivo con carácter terrorista, lesiones menos graves y daños. Mientras que los otros dos acusados, que se mantuvieron más de tres años en prisión preventiva, resultaron absueltos.

Juan Flores Riquelme fue encontrado culpable de los delitos de colocación, activación y detonación de artefacto explosivo con carácter terrorista, lesiones menos graves y daños. Mientras que los otros dos acusados, que se mantuvieron más de tres años en prisión preventiva, resultaron absueltos.

Durante la tarde de este jueves, el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dio a conocer  la sentencia respecto de los acusados en el recordado ‘Caso Bombas II’, ocurrido en septiembre de 2014 en el subcentro de la comuna de Las Condes, cuando un artefacto explosivo detonó en el lugar.

Por una parte, habían determinado en diciembre la culpabilidad de Juan Flores Riquelme como autor del delito consumado y de carácter terrorista de colocación, activación y detonación de artefacto explosivo, con una pena de 15 años de cárcel. Además el tribunal falló en su contra por el delito de posesión o tenencia de bomba; seis delitos de lesiones menos graves y un delito de daños, por lo que se le adicionaron 8 años.

Mientras que las otras personas que fueron imputadas en esta causa, Nataly Casanova y Enrique Guzmán, fueron absueltas de todos los cargos en su contra, por no lograr acreditarse la participación de ellos en los ilícitos.

En el fallo se expresa que “a las 13:53 horas aproximadamente, y con alta afluencia de público, colocó en un contenedor de basura un artefacto explosivo que mantenía al interior de la bolsa que llevaba consigo ya activado, consistente en un contenedor metálico del tipo extintor de incendios cilíndrico, color rojo, con capacidad de un kilogramo, el que contenía pólvora negra como sustancia explosiva, contando con un sistema de activación eléctrico conformado por un reloj análogo y tres pilas como fuente de energía”

El fiscal a cargo del caso, Raúl Guzmán, calificó el fallo como “inédito”, considerando que se acreditó el carácter terrorista del delito.

“Son dos penas, una de 15 años y otra de ocho años por los delitos respecto de los cuales fue acusado por el Ministerio Público, infracción a la Ley de Armas y delitos de connotación de carácter terrorista, un fallo categórico e inédito”, afirmó.

En tanto, el abogado del acusado, Jorge Moraga adelantó que presentarán un recurso de nulidad, ya que consideran que la sentencia es “excesiva”.

“El resultado es amargo. Lo constituyen, por cierto, los 23 años de presidio que el Tribunal Oral ha estimado procedente en derecho aplicar a Juan Flores, cosa que a nosotros nos parece excesiva  y hace inminente la presentación de un recurso de nulidad en los próximos días”, argumentó.

En diciembre del año pasado el tribunal desestimó el carácter terrorista en el ataque al metro Los Dominicos, así como la participación de Nataly Casanova y Enrique Guzmán en los hechos.

Al haber sido calificados los hechos bajo la figura de delito terrorista,  todos los acusados se mantuvieron en prisión preventiva desde septiembre de 2014, todo esto amparado en el contexto de la Ley Antiterrorista. Luego del  fallo del 21 de diciembre pasado, Nataly Casanova y Enrique Guzmán recuperaron su libertad, no así Juan Flores, quien esperó en prisión preventiva la lectura de sentencia de hoy.





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