En junio el fiscal de la región de O’Higgins, Emiliano Arias, levantaba una polvareda encabezando la incautación de archivos eclesiásticos del Arzobispado de Santiago luego de que el Vaticano se negara a hacer la entrega escudándose en la existencia del secreto pontificio. El objetivo era recabar toda la información proveniente de las denuncias acogidas por la iglesia y que podrían involucrar a delitos ocurridos en Santiago y Rancagua.
El Ministerio Público defendió la incautación apuntando a los abusos sexuales de menores como un delito civil, y no únicamente canónico. Algo que el enviado papal Charles Scicluna también aseguró en su paso por Chile: “Debemos como Iglesia colaborar con la justicia civil. El abuso de menores no es solo un delito canónico, sino un delito civil. El bien común de la Iglesia y de la sociedad convergen en la tutela del menor”.
Este viernes el Juzgado de Garantía de Rancagua decretó la prisión preventiva para el sacerdote y ex canciller del Arzobispado, Óscar Muñoz Toledo. Arias se refirió al caso señalando que sobre este cargo pasaron prácticamente todas las denuncias de abusos que se hicieron ante la Iglesia Católica en la última década, incluso las que le adjudicaban participación: “Al cumplir ese rol (de Canciller), esta persona conocía cómo se manejaba el sistema de investigaciones canónicas al interior de la Iglesia. El sistema de investigación penal de abuso sexual en contra de menores lo tenía enquistado en su interior, y en un rol trascendente de Canciller, que hasta antes de 2011 conocía todas las denuncias de delitos sexuales. Tanto los de su persona, como los de otros casos”.
Arias repasó la conducta de Muñoz al tomarle los testimonios a los denunciantes del caso Karadima, señalando que desde un comienzo les bajó el perfil a los casos. “En definitiva, existe un factor importante de impunidad que se procuraba el mismo sujeto para sí, y probablemente para otros casos”.
Las investigaciones canónicas se rigen por las normas legales de la jurisdicción del Vaticano, lo que contempla dentro de ella el denominado secreto pontificio. Esta facultad, que aspira a ofrecer un paraguas de confidencialidad para los denunciantes, protege documentos y archivos que hayan derivado a una investigación de carácter canónico.
Marcelo Gidi, abogado doctorado en derecho canónico, sacerdote jesuita y académico de la Universidad Católica Gregoriana de Roma, explica las razones de origen del secreto en cuestión: “Esto no quiere decir que la Iglesia se oponga o que quiera obstaculizar el ejercicio verdadero y necesario de la justicia de los Estados. Así como los Estados y gobiernos guardan los archivos secretos, justamente por el bien mayor que se pretende al no dar a conocer esta información, es por eso que la Iglesia también, como entidad e institución, hace valer su prerrogativa de determinar qué tipo de documentos e información van a lo que se llama ‘archivos secretos’”.
El secreto pontificio resguarda, entre otros documentos, “las denuncias extrajudiciarias de delitos contra la fe y las costumbres, y de delitos perpetrados contra el sacramento de la penitencia, así como también el proceso y las decisiones que se refieren a tales denuncias, haciendo siempre salvedad el derecho de aquel que ha sido denunciado a la autoridad de conocer la denuncia, se ello fuese necesario para su defensa. El nombre del denunciante será lícito hacerlo conocer solo cuando a la autoridad parezca oportuno que el denunciado y el denunciante comparezcan juntos”.
Marcial Sánchez, teólogo de la Universidad Católica y experto en catolicismo, explica el objetivo original, que dice relación precisamente con la protección de las víctimas, sin embargo, también coincide en que puede haber circunstancias en las que la Iglesia haya profitado del secreto para proteger a los suyos: “En el caso de Toledo era juez y parte. Eso es lo más delicado y lo más peligroso que puede suceder. Esos cargos tienen que ser personas muy idóneas. Para mí tiene que haber gente que esté muy bien revisadas en cuanto a su currículum como curas. Ahora, esto es bien simple. Sí, puede que haya personas que se hayan aprovechado del secreto, y lo estamos viendo en el caso Toledo, y ese es el peligro, pero el problema es otro: desde el año 1925 en adelante la iglesia se separó del Estado y no existe ningún concordato que se haya escrito en donde la justicia civil tenga una relación directa con la justicia canónica”.
Sánchez agrega que hay países en los que existe un acuerdo de la iglesia de, al recibir las denuncias, hacerlas llegar a la justicia civil por descontado. “Cunado Ezzatti dice que hay que revisar el protocolo, es eso lo que hay que revisar: el cómo tú tienes que entregar los antecedentes”.
Óscar Toledo fue trasladado, una vez terminada la audiencia de formalización por casos de abuso sexual y estupro, al módulo 86 del complejo penitenciario de Rancagua, en donde esperará la investigación que la Fiscalía lleva en curso.