La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por un grupo de sindicatos en contra del dictamen de la Dirección del Trabajo (DT), que validó los denominados “grupos negociadores” en procesos de convenio colectivo.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal impugnó la acción legal interpuesta por al menos ocho instancias laborales, después de establecer que la DT “actuó dentro de sus facultades legales y que no existe derecho indubitado de las organizaciones sindicales recurrentes”.
Si bien este fallo no valida el dictamen, ordena los procedimientos que se deben seguir en la justicia en estos casos, ya que establece que los recursos de protección no pueden sustituir otras acciones que se deben seguir en tribunales laborales.
El presidente del sindicato de Waltmart Chile, Juan Moreno, uno de los patrocinadores del recurso, precisó que ninguna de las organizaciones que impulsaron la acción legal estaba en proceso de negociación colectiva, argumento esgrimido por el máximo tribunal del país para rechazar el recurso.
“Más allá de lo que nosotros quisimos hacer para marcar el problema, fue levantar un punto político y alertar que la Dirección del Trabajo estaba cambiando la jurisprudencia, dando todas las facilidades para que las empresas levantaran a los grupos negociadores y compitieran con los sindicatos. Y esto lo digo porque, efectivamente, la preocupación nace desde ahí, desde que existe una opinión que limita el accionar sindical, esa es nuestra preocupación final”, afirmó.
El escrito fue impulsado por la Federación Nacional de Sindicatos de Conductores de Buses, Camiones, Actividades Afines y Conexas de Chile, el Sindicato Nacional de Trabajadores de Empresa Unimarc Ltda., de trabajadores Nº1 Paris Administradora Ltda., de Mercaderistas de Unilever Chile S.A., el Interempresa de Trabajadores Walmart Chile, entre otros.
La acción solicitaba, además, que la Corte Suprema avalara la exclusividad a los sindicatos para celebrar negociaciones colectivas, acción que fue rechazada por la instancia.
Lo último, se ajusta al fallo del Tribunal Constitucional que en 2017 derogó la titularidad sindical propuesta por la reforma laboral del gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet y revivió a los grupos negociadores.
Basado en la Constitución, el fallo del TC señala que el derecho a negociar colectivamente radica en “los trabajadores” y no exclusivamente en el “sindicato”.
El abogado experto en derecho laboral, José Luis Ugarte, recalcó que, en ninguna parte del dictamen, la Corte Suprema reconoce a los grupos negociadores como instancia válida para participar en convenios colectivos.
“En el fondo deja el problema, por así decirlo, abierto o pendiente, para que se resuelva por las vías que la Corte estima conveniente. Yo al menos, siempre sostuve que este era un debate que debe darse a través de tribunales laborales, ya sea por la vía de prácticas antisindicales, si se constituye un grupo que es ilegal ahora, al margen del sindicato y eso perjudica a esta instancia, o por la vía de una reclamación de la actuación administrativa ante el juez del trabajo”, subrayó.
Destacar que, en su oportunidad, la Organización Internacional de Trabajo (OIT) contradijo el fallo del TC y expresó que los sindicatos tienen superioridad sobre grupos negociadores, por lo que no pueden competir con estas coaliciones.
El informe de la comisión de expertos del organismo dependiente de Naciones Unidas choca con la iniciativa impulsada igualmente por la Dirección del Trabajo, que en julio del 2018 reconoció a este grupo y validó acuerdos alcanzados con empleadores como instrumento colectivo.
Para el experto en derecho laboral, José Luis Ugarte, con la asunción del actual Gobierno, la DT está siendo mandatada por el mundo empresarial.
“Ya todos sabemos que hoy la Dirección del Trabajo es el brazo ejecutor, ya no solo del Gobierno, sino que del sector fabril, industrial, que llega con este organismo al poder. Estamos frente a un caso que carece absolutamente de pudor al momento de cautelar los intereses empresariales por parte de la autoridad directiva”, argumentó.
Destacar que el Gobierno de Sebastián Piñera dará a conocer, este mes, el proyecto de ley que modifica el actual Código de Trabajo donde, entre otras disposiciones, eventualmente destacaría la regulación de los grupos negociadores y establecería un mínimo de integrantes.