Caso Joane Florvil: Juzgado condena por discriminación a Municipalidad de Lo Prado

La familia de la joven haitiana, representada por el abogado Moisés Sánchez, manifestó que la sentencia del Quinto Juzgado Civil de Santiago marca un punto de inflexión en la aplicación de la ley antidiscriminación ya que condena a una repartición pública por el trato entregado a una mujer migrante.

La familia de la joven haitiana, representada por el abogado Moisés Sánchez, manifestó que la sentencia del Quinto Juzgado Civil de Santiago marca un punto de inflexión en la aplicación de la ley antidiscriminación ya que condena a una repartición pública por el trato entregado a una mujer migrante.

El 5° Juzgado Civil de Santiago resolvió acoger en forma parcial la demanda por discriminación que presentó la familia de Joane Florvil contra la Municipalidad de Lo Prado y la condenó a una multa a beneficio fiscal de 20 UTM y ordenó que la corporación capacite a sus  funcionarios en atención a los extranjeros.

Los hechos que fundaron la solicitud de los familiares dicen relación con el trato recibido por la mujer de nacionalidad haitiana cuando acudió, el 30 de agosto de 2017, al Departamento de Prevención y Promoción Comunitaria del Municipio de Lo Prado a pedir ayuda pues su cónyuge había sido asaltado. Dado que no hablaba castellano, la joven madre salió en busca de un traductor dejando a su hija de meses al cuidado del guardia del lugar.

Luego de esto, funcionarios municipales decidieron dar cuenta a Carabineros por lo que consideraron un abandono de menores y la niña fue ingresada al Sename, mientras Joanne Florvil fue detenida para ser puesta a disposición de los tribunales para formalizarla por el delito. La misma noche de su detención presentó complicaciones de salud y fue internada en la ex Posta Central, lugar donde murió un mes después.

El caso de Joanne Florvil fue expuesto ante la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados, instancia en la que Carabineros afirmó que la mujer tenía dificultades para expresarse en forma fluida en español, pero sí entendía”.  Sin embargo la sentencia dada a conocer este viernes establece que “Joane Florvil no hablaba español, por lo que no podía darse a entender”.

Para la defensa de la familia, la fundación Proacceso, representada por su presidente, el abogado Moisés Sánchez, la resolución del juzgado marca un punto de inflexión en materia de discriminación a los migrantes. “La sentencia marca un antes y un después en la historia de la Ley Zamudio en cuanto a que se condenó por primera vez a una repartición pública por discriminación en contra de una mujer migrante”, señaló el profesional.

La familia de la joven no ha descartado presentar una querella contra el Estado de Chile por todo lo que sucedió con Joanne. Su cuñada, Roxana Gómez, señaló a El Mercurio que ellos estiman que hubo graves faltas en el tratamiento de Joanne tanto antes como después de su muerte. “No es normal que una mujer joven y sana quede en manos del Estado, y que nos entreguen, después de más de 200 días, un cuerpo”.

Por su parte, la municipalidad de Lo Prado, a través de su alcalde, Maximiliano Ríos, se manifestó disconforme con el fallo de la justicia ya que considera que la sanción no es correspondiente a los hechos. Por ello,  no descartaron apelar dentro del plazo legal.





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