Hace algunos minutos, el Poder Judicial informó que el ministro en visita Mario Carroza decidió las penas aplicables al ex frentista Mauricio Hernández Norambuena, conocido también como “el comandante Ramiro”. El magistrado dictó dos penas sucesivas de quince años por el homicidio del senador y fundador de la Unión Demócrata Independiente, Jaime Guzmán, y el secuestro de Cristian Edwards, hijo del dueño de El Mercurio, Agustín Edwards.
🔴 AHORA: Ministro Mario Carroza establece cumplimiento de dos penas de 15 años de presidio para Mauricio Hernández Norambuena. pic.twitter.com/1epqWcoFUY
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) September 2, 2019
Según lo que señala la resolución dada a conocer este lunes, el ministro Carroza reconoció a Hernández Norambuena un total de 1.256 días de presidio de cumplimento de pena divididos en dos periodos. Un total de 1.244 días por el tiempo que permaneció en cumplimiento de pena entre el 5 de agosto de 1993 y el 30 de diciembre de 1996 y 12 días en los que estuvo detenido en Brasil apto para ser extraditado a Chile, esto es entre el 8 y el 19 de agosto recién pasado.
“No obstante lo anterior, la discusión del Tribunal Supremo de Brasil, se concentró en determinar si era procedente requerir del Estado de Chile un compromiso formal de conmutación de las penas impuestas por una de carácter temporal que no excediese de 30 años (treinta), toda vez que no existe de acuerdo a la apreciación hecha valer por los Ministros disidentes el fundamento legal para sustentar tal exigencia, atendiendo principalmente a la circunstancia que tanto Chile como Brasil, a la época de dictación de la sentencia, no habían ratificado y/o promulgado debidamente el Acuerdo de Extradición celebrado entre los Estados Partes del Mercosur.
El abogado defensor del ex frentista, Alberto Espinoza, había solicitado al ministro en visita que se considerara el tiempo que el llamado comandante Ramiro estuvo privado de libertad en Brasil y que corresponde a 16 años.
El argumento de la defensa dice relación con una solicitud realizada por el Estado chileno en la que se requiere al Tribunal Supremo brasileño que se adopten medidas cautelares, de prisión preventiva, en orden a asegurar la extradición de uno de los autores del homicidio del senador Jaime Guzmán (UDI).
Según lo que señala el abogado Espinoza, “hay un documento oficial del Estado chileno donde requiere al Tribunal Supremo brasileño que se adopten medidas cautelares, es decir la prisión preventiva, no obstante encontrarse privado de libertad por el juicio que él enfrentaba en Brasil”, esto es, el secuestro del publicista Washington Olivetto.
En esa línea, el profesional aseguró que “el Tribunal Supremo de Brasil accedió a esta petición del Estado chileno y decretó la prisión preventiva con fines de extradición, hasta que Mauricio Hernández fue extraditado materialmente”.
En la resolución comunicada este lunes, Carroza se hace cargo de tal solicitud y la rechaza sobre la base del cumplimiento de otra pena por delitos cometidos fuera de Chile. “Se descarta considerar en estos abonos, el tiempo que alude su defensa y el propio requerido, referido a la prisión preventiva previa al fallo en que se otorga la extradición, por cuanto al momento de efectuarse la solicitud por el Estado de Chile, el requerido Mauricio Hernández Norambuena ya se encontraba privado de libertad y cumpliendo condena por su participación en los delitos cometidos en Brasil”.
El viernes, el ministro Carroza comunicó la denegación de otra de las solicitudes de la defensa de Hernández Norambuena de aplicar la media prescripción, ya que según señaló el magistrado no concurren los requisitos legales para ello.
La defensa de Mauricio Hernández Norambuena ya anunció que apelarán a la resolución del juez Carroza, dentro del plazo legal.