Corte Suprema ratifica multa contra Sanatorio Alemán por explosión de 2018

En un fallo unánime la Tercera Sala del Máximo Tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Jorge Lagos y Rafael Gómez, mantuvo la sentencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que aplicó una multa de 1.500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a ese centro asistencial de Concepción.

En un fallo unánime la Tercera Sala del Máximo Tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Jorge Lagos y Rafael Gómez, mantuvo la sentencia de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que aplicó una multa de 1.500 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a ese centro asistencial de Concepción.

Este lunes, el Poder Judicial dio a conocer la resolución de la reclamación presentada por el Sanatorio Alemán de Concepción en contra de la resolución emanada de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) por la que obliga a tal centro médico al pago de una multa de 1500 UTM, unos 73 millones de pesos, por la explosión ocurrida en abril de 2018.

En su oportunidad, la SEC determinó que La SEC estableció como hecho cierto que la explosión que causó la muerte de tres personas y dejó heridas a otras 43,  se debió a que el Sanatorio Alemán utilizaba instalaciones de gas que no contaban con la declaración de habilitadas, y por tanto,  no estaban autorizadas.

 

La sentencia de la Corte Suprema señala los ministros integrantes de la Sala concuerdan “con la calificación jurídica que se le dio a la sanción, en los términos que indica el artículo 15 numeral 1°, de la sección de infracciones graves, la cual señala, como una de sus hipótesis, que los hechos, actos u omisiones que contravengan las disposiciones pertinentes, ‘signifiquen peligro para la seguridad o salud de las personas”.

La resolución explica también que al no haber sido las instalaciones de gas debidamente acreditadas, de acuerdo al procedimiento establecido, no es posible “garantizar que estas sean seguras y no constituyan un riesgo para las personas y/o las cosas, en el entendido que se trata de un establecimiento de salud y por ende con alta afluencia de público”, reproduciendo la sentencia previamente emanada de la Corte de Apelaciones de Concepción en este materia.

En sede penal, la investigación de los hechos está radicada en la Fiscalía Regional del Biobío sin que, hasta ahora, se hayan determinado responsabilidades.

 

Foto referencial: Canal 9 Bío Bío Televisión

 





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