En entrevista con el programa “Política en Vivo” la cientista política de la Universidad de Santiago, Pamela Figueroa, aseguró que el acuerdo en la comisión técnica fue unánime entre 14 personas que representaban al oficialismo y la oposición.
La integrante de la instancia explicó que esta propuesta, encomendada luego del acuerdo entre partidos políticos el pasado 15 de noviembre, se refiere a un texto de Reforma Constitucional al Capítulo XV. Considera todos los elementos para habilitar un plebiscito de entrada el 26 de abril de 2020 que tendrá dos papeletas. Una para que podamos aprobar o rechazar la pregunta sobre si queremos una Nueva Constitución.
Y otra para definir el órgano: Convención Constituyente o una Mixta Constitucional. Si gana la primera, contaría con 155 integrantes (todos electos) y en la segunda, tendría 172 (86 electos y 86 parlamentarios). Además, del proceso obligatorio del Plebiscito ratificatorio, tal como se explicitaba en el acuerdo de los partidos.
Algunas materias quedaron pendientes en la composición de las Convenciones: Paridad de género, escaños reservados para pueblos originarios e independientes.
“Hay más plazo (junio) y el Congreso está habilitado para avanzar en esos acuerdos” dijo Pamela Figueroa, la cientista política agregó que “lo que se requiere es la habilitación del plebiscito de entrada, porque tenemos un calendario electoral que cumplir. Nos reunimos con el Servel para chequear los plazos y se requerían por lo menos 120 días. Entonces si queremos hacer el plebiscito en abril necesitamos que la reforma esté aprobada antes del 28 de diciembre”.
Heraldo Muñoz, presidente del Partido por la Democracia (PPD), destacó el acuerdo técnico, “necesitamos la mayor participación ciudadana y eso requiere escaños reservados para pueblos indígenas, paridad de género y listas de independientes que estén en condiciones de competir en igualdad de condiciones con los partidos políticos”, advirtió.
Por su parte, el senador de la Unión Demócrata Independiente, Juan Antonio Coloma, señaló que “que sean elegidas las personas que sacan más votos, ese es el sentido común, los votos valen lo mismo, no es justo que algunos tengan dos votos y otros solo un voto”.
Para reclamar “de una infracción a las reglas de procedimiento” de la instancia constituyente, será la Corte Suprema el órgano encargado de revisarlas. A esto se suma que la retribución mensual para los constituyentes que no sean parlamentarios será de 50 UTM.
En el artículo 137 se determina que la Convención tendrá nueve meses como máximo para escribir la nueva Carta Fundamental. El plazo podrá prorrogarse, por una sola vez, por tres meses.