Este jueves, el Poder Judicial dio a conocer la sentencia íntegra en la causa por la remoción del fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias, solicitada por Jorge Abbott, Fiscal Nacional, y en la que que fue representado por la abogada Marisol Peña.
Las imputaciones hechas a Arias “no han tenido la entidad suficiente para acreditar que los hechos que fundamentaron las causales esgrimidas, sean de tal envergadura que su reproche merezca imponer su exoneración del Ministerio Público”, dice el fallo en que 11 de los ministros del Tribunal Pleno estuvieron por desestimar la solicitud de remoción y solo tres consideraron aprobar la remoción basados en los argumentos de la Fiscalía Nacional.
Este viernes, en una entrevista con radio Cooperativa, el reintegrado persecutor regional se refirió a la resolución y adelantó su decisión de seguir acciones legales contra el Fiscal Nacional.
“Estamos muy pero muy conformes con el fallo de la Suprema que rechaza la solicitud no solo desde la perspectiva formal o procesal, sino que también entra al fondo de algunas de las infracciones imputadas. La más grave que era la que incluso intenta el Ministerio Público en sede penal en mi contra, que establece que el documento por el que he sido formalizado no es reservado, así que estamos bastante conformes”.
La causa penal por la que se investiga a Arias dice relación con la obtención de una ficha del Sistema de Apoyo a la Operación de Fiscales (SAO) la hermana y cuñado del persecutor, quienes presentaron con la información recibida una denuncia que dio origen a una causa penal por microtráfico de sustancias estupefacientes ante la Fiscalía correspondiente. Sin embargo, en la sentencia del Pleno del más alto tribunal del país, se da por acreditado que el mencionado documento no se trataba de una ficha SAO, sino de “otro tipo de instrumento de apoyo a gestión no reviste el carácter de reservado, restándole mérito a la imputación”.
Arias reiteró que la solicitud de su remoción fue arbitraria. “A la arbitrariedad no es posible encontrarle una razón, porque es lo opuesto a la razón. Por eso pedimos desde el día 1 llegar a Tribunales y ahora esperamos que en la parte penal, muy pronto se decida por parte del fiscal Campos que está a cargo solicitar mi desafuero a la Corte de Apelaciones de Rancagua o, teniendo en vista este fallo y el ejercicio del principio de objetividad que nos rige, solicitar el sobreseimiento derechamente”.
“No me aferro a los cargos, no pretendo postular a otra región ni tampoco me interesa el cargo de Fiscal Nacional, eso lo he dicho siempre. Creo que el cargo de Fiscal debe ejercerse con total desapego del mismo para obtener la independencia”.
En relación a la posible presentación de acciones legales en contra de Jorge Abbott, Arias señaló que tiene absolutamente claro que no se quedará solo con la decisión de la Corte Suprema de rechazar su remoción, sino que ejercerá las acciones legales destinadas a obtener reparación. “Esto no es borrón y cuenta nueva y aquí no ha pasado nada. Como abogado tengo que ejercer todas las acciones que estén a mi alcance para, por un lado, reparar el daño personal, y por otro el daño que se le ha hecho a la institución, y eso se obtiene a través de los tribunales de justicia. Tengo que reunirme con mi abogado y evaluar el escenario.”
Finalmente, Arias expresó que tales iniciativas judiciales no necesariamente implican su salida del Ministerio Público, pues considera que su permanencia en la institución no debería ser impedimento para reclamar de un actuar ilegal de su jefatura.
“No veo la jerarquía como que no puedan ejercerse acciones legales dentro de una institución con respecto del jefe, si su actuar fue fuera de la legalidad. No es algo tan militar, el Ministerio Público no es una institución militar”, concluyó el fiscal.
El contundente fallo de la Corte Suprema señala que los argumentos del Fiscal Nacional para solicitar la remoción no revisten la gravedad necesaria para tal decisión e incluso los califica como bagatelas. Además, el ministro Carlos Künsemüller critica en la sentencia la confusión de las causales argumentadas por los solicitantes. “Que, en su acusación el señor Fiscal Nacional describe varios hechos atribuibles al Fiscal señor Arias como constitutivos de “mal comportamiento”, los que, sin embargo, más adelante denuncia como representativos de “negligencia manifiesta” –son entonces equivalentes e intercambiables- lo que le resta, sin duda, la necesaria precisión jurídica a la imputación, basada, como se desprende de su tenor, en los dos conceptos que utiliza la legislación aplicable, cuyos autores quisieron diferenciar una y otra forma de comportamiento funcionario censurable”, dice el ministro en el texto.
Finalmente, el fallo expresa que las denuncias en su oportunidad fueron objeto de una indagación disciplinaria que determinó una sanción para el persecutor jefe de O’Higgins, por lo tanto, la remoción implicaría una infracción al principio de no condenar dos veces por los mismos hechos.