La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó informar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, acerca del indulto presidencial otorgado al ex director de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE) Hugo Prado Contreras, quien fue condenado como cómplice del delito de secuestro calificado de cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez en 1987.
De este modo, la cartera de Justicia tiene cinco días para responder a lo ordenado por el tribunal de alzada, informando de los fundamentos que consideró para otorgar este beneficio y cuyo plazo vence esta jornada.
El recurso de protección, presentado a nombre de la hermana de una de las víctimas por el Estudio Jurídico Caucoto Abogados, busca establecer si este indulto otorgado por orden del Presidente de la República se ajusta a la normativa internacional, tratándose de un delito de lesa humanidad, referido al secuestro y desaparición de las cinco víctimas.
Se trata de Alejandro Pinochet Arenas, Julio Muñoz Otárola, Manuel Sepúlveda, Gonzalo Fuenzalida y José Peña Maltés, los cinco últimos detenidos desaparecidos de la dictadura militar, cuya investigación de la causa logró establecer que las víctimas fueron secuestradas en represalia por el plagio del coronel de Ejército Carlos Carreño, en septiembre de 1987, en una operación conjunta de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), la Brigada de Inteligencia del Ejército (BIE), la DINE y el Comando de Aviación del Ejército, estableciéndose que los cuerpos de las víctimas fueron arrojados al mar en las costas de Quintay, crimen por el cual fueron condenados 33 agentes del Estado.
Para el abogado Francisco Bustos, “la concesión de beneficios e indultos a condenados por crímenes de lesa humanidad, sin respetar la normativa de derecho internacional y sin notificar a los familiares de las víctimas, puede constituir una forma de impunidad, por lo cual solicitamos que la judicatura intervenga en este caso a fin de controlar la legalidad y convencionalidad de este indulto presidencial”.
Bajo esta misma línea es que como patrocinadores solicitan, y así queda manifiesto en el recurso, que se informe al respecto y que se declare que existió una acción ilegal y arbitraria que vulnera el derecho a la integridad psíquica, señalando que “se trata, en suma, de una resolución que vuelve a revictimizar a los familiares, dando cuenta que ni siquiera se cumplió la pena de 5 años y un día por cinco desapariciones forzadas, pues relativiza el valor de la vida, y se concede un beneficio improcedente a criminales de lesa humanidad”.
Del mismo modo, expresan en el documento que “como abogados de la señora Nodina Muñoz Otárola, nos hemos hecho parte en la mayoría de las acciones constitucionales presentadas por los condenados para tratar de obtener la libertad condicional y nos hemos opuesto a beneficios, pese a no haber sido notificados de la existencia de estos procesos”.
Cabe señalar que Hugo Prado Contreras se encontraba cumpliendo condena desde 2017 en el penal Punta Peuco y, una vez aplicado el beneficio presidencial, actualmente goza de libertad.