El enfoque de género y feminista incorporado en las propuestas de reglamentos de la Convención Constitucional debiera tener un efecto multiplicador para prevenir y erradicar la violencia y discriminación de género en todos los ámbitos relevantes del vivir, especialmente en el de la política.
La violencia de género en el ámbito político – o violencia política de género – es un tipo de violencia que obstaculiza la participación e incidencia efectiva de las mujeres y disidencias sexo-genéricas en los espacios políticos de representación y decisión. Tiene asidero en normas, creencias, prácticas y estereotipos sociales profundamente arraigados.
De forma transversal, la violencia política contra las convencionales electas ha implicado actos de presión, hostigamiento, acoso, persecución y descrédito en el ejercicio político, enfrentándolas a juicios estereotipados y discriminatorios que socavan sus liderazgos. Un número importante de convencionales ha denunciado agresiones y acosos constantes que se han extendido desde el periodo de campaña hasta la actualidad, principalmente a través de redes sociales.
Desde un enfoque interseccional se observa cómo el origen étnico-racial en interrelación con el género profundiza las situaciones de violencia política contra las convencionales indígenas y las enfrenta con roles estereotipados de mujer indígena.
Es el caso de la presidenta de la Convención Elisa Loncón, quien desde su elección ha sido cuestionada por sus capacidades, declaraciones, y decisiones. Fuera de la Convención ha denunciado haber sufrido agresiones verbales y físicas al punto que fue necesario que se le asignara protección personal.
Se observan también actos de hostigamiento contra la autoridad tradicional mapuche, la convencional Machi Francisca Linconao. La Machi ha sido blanco de expresiones criminalizantes y ha sido cuestionada por hacer ejercicio de su derecho a la palabra en mapuzungún.
Un proceso constitucional intercultural debe dar cabida a las diversas significaciones de lo político y su contenido, lo que implica por ejemplo descolonizar los roles asignados a las mujeres que ocupan cargos políticos: “presidenta”, “lidereza”, “coordinadora” y otros. Reconocer la interseccionalidad e interculturalidad es un factor que contribuye a descolonizar tanto a las relaciones de género como a la relación del Estado chileno con los pueblos indígenas.
Por otro lado, a la luz del caso del convencional Rodrigo Rojas Vade y más allá de sus implicancias éticas, este enfoque también nos alerta sobre la discriminación interseccional de las diversidades sexo-genéricas que viven con una enfermedad, y como ello repercute en las vulnerabilidades para enfrentar un proyecto de vida pleno y profundiza la exclusión política.
La barrera en el acceso a los cargos de representación de las diversidades sexo genéricas quedó en evidencia en la subrepresentación alcanzada incluso tras la aplicación del mecanismo de paridad que de forma paradigmática perjudicó a candidaturas transgénero.
En este escenario de múltiples expresiones de violencia política de género, cabe saludar la voluntad de la Convención de hacerse cargo del problema, con la aprobación en general de un reglamento de ética, que aborda expresamente la violencia y el acoso como una infracción.
Es de esperar que las acciones que se acuerden en definitiva en este espacio y otros de interacción política profundicen la prevención y erradicación de este tipo de violencia, priorizando un enfoque interseccional e intercultural. El trabajo de la Convención en este tema se proyecta como un factor de legitimidad central del proceso y es fundamental para un proyecto descolonizador de la política.