1- Primer Artículo sobre la definición de Estado
La Comisión de Forma de Estado aprobó su primer artículo en particular, transformándose, de este modo, en el primer artículo aprobado para la nueva Constitución de Chile y que se refiere a las bases institucionales y —en específico— a la definición del Estado chileno; es decir, cuál es el principio por el cual se concebirá nuestro estado. El artículo 1° aprobado en la instancia (por 18 votos a favor y 6 en contra) dice: “Chile es un Estado Regional, Plurinacional, Intercultural, conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado”. Y se agrega —en su artículo 2°, también aprobado por el mismo quórum, — que “el Estado se organiza territorialmente en regiones autónomas, comunas, territorios insulares, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales”.
Además, se aprobó el artículo 3° que establece qué entendemos por territorio chileno, consagrando constitucionalmente un nuevo concepto: maritorio; “El territorio de Chile, en su diversidad geográfica, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible, conformado por el territorio continental, territorio insular y el territorio antártico chileno; sus suelos, subsuelos, espacio aéreo y maritorio”, dice.
No corrieron la misma suerte las normas presentadas por Vamos por Chile, que buscaban agregar a las definiciones aprobadas el concepto de que “Chile es un Estado único e indivisible, y es una República Democrática”, la que fue rechaza por 18 votos contra 6.
Con esto, los conceptos de plurinacionalidad e interculturalidad se consolidan como elementos centrales que cruzarán transversalmente una serie de artículos para los distintos capítulos de la nueva Constitución.
2- Sistema de Justicia Plurinacional
Otra comisión que también comenzó esta semana la votación en particular de sus normas fue la Comisión de Justicia. Y lo hizo con la aprobación de importantes artículos que ya marcan una tendencia sobre algunos cambios de conceptos y principios que se establecerán para la Justicia. En primer lugar, se aprobó una norma que cambiará la definición actual presente en la Constitución de Poder Judicial, por la de Sistema de Justicia y su función jurisdiccional. En esa línea, se aprobó una indicación que establece: “La jurisdicción es una función pública que se ejerce en nombre de los pueblos y que consiste en conocer, juzgar y ejecutar con efecto de cosa juzgada todos los conflictos de relevancia jurídica, por medio de un debido proceso, de conformidad a la Constitución”.
Pero otra norma que marca la tendencia de profundizar y hacer práctico el concepto de Estado Plurinacional se refiere al establecimiento de un sistema jurídico indígena que coexista con el sistema judicial nacional; esto para hacer respetar y valer la determinación de cada uno de los pueblos indígenas. “El Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”, se afirma en la indicación número 37 aprobada.
“Estamos incorporando los primeros artículos e inaugurando este nuevo capítulo de la constitución referido a los sistemas de justicia, que también da paso a los sistemas plurinacionales” (de reconocimiento a la cultura de los Pueblos Originarios)”, expresó la coordinadora de la Comisión, la convencional Vanessa Hoppe, relevando la importancia de lo aprobado, en torno al nuevo modelo de justicia que se está empezando a definir. Estas normas ya quedaron listas para ser votadas por el Pleno a partir del próximo 14 de febrero.
3- Más de 1.000 normas a debatir
Con el cierre, la semana pasada, del ingreso de normas, tanto de las iniciativas populares, indígenas, como de las presentadas por las y los convencionales, serán un total de 1.272 normas para deliberar y votar, las que se dividirán de la siguiente manera: 946 normas de convencionales, 248 normas indígenas y 78 de las iniciativas populares.
Sobre el proceso de iniciativas populares hubo un positivo balance hecho por la Convención, avalado por el alto interés de la ciudadanía por participar, ya sea enviando propuestas o apoyando alguna de las iniciativas. En cifras: 980.332 personas respaldaron alguna de las 2.456 iniciativas que estuvieron a disposición en la Plataforma de Participación Popular (sitio desarrollado por la Universidad de Chile a través de Ucampus); mientras que fueron 2.809.751 las firmas registradas a las distintas propuestas en poco más de dos meses en el que estuvo abierto el proceso.
Llevando a cabo un Zoom a los datos arrojados durante este inédito proceso de participación digital se observó que de las 980. 332 personas que participaron un 47,8% son mujeres, un 39,9% hombres, un 2,12% se declaró como no binario y un 10,9% prefirió no entregar esta información. En cuanto a las regiones desde donde provinieron las preferencias, 9.236 (0,9%) lo hicieron desde el extranjero, en tanto que el desglose de los apoyos en Chile La Región Metropolitana concentró un 47%, la región de Valparaíso 10% y la región del Biobío (8,7%), asomando como las tres primeras mayorías.
Ahora, la gran tarea que se viene por delante es sacar el proceso en los plazos establecidos. Existen no pocas dudas en torno a cómo se podrán revisar cada una de las 1. 200 normas con el debido tiempo que se requiere. Para ello, habrá algunos nuevos ajustes al cronograma de trabajo, con el fin de poder tener el texto aprobado a fines de abril.
4- Los principios para los Derechos Fundamentales
La comisión de Derechos Fundamentales es la que más integrantes tiene dentro de las 7 comisiones temáticas (33 convencionales), y es también las que más contenidos debe abordar dentro de su índice temático, con más de 30 aristas diferentes para abordar, que incluyen temas como la educación, salud, vivienda, pensiones, todos ellos tratados desde la perspectiva de los derechos fundamentales del individuo, hoy consagrados en el artículo N°19 de la Constitución Política.
La instancia ya comenzó a votar sus primeras normas, en general, abordando —en una primera etapa— todo lo relacionado a los grandes principios y directrices que deben regir estos derechos, sin entrar —hasta ahora—, en los temas en particular. Pero ya en su primeras nomas deliberadas y votadas se aprecia una tendencia: una nueva concepción de derechos basados en elementos del buen vivir, asociados al respeto a la naturaleza, como también a la superación del mercado como un elemento central.
En esa línea, los primeros tres artículos aprobados, en general, dicen:
Artículo 1.– Los derechos fundamentales son atributos necesarios para desarrollar una vida digna y democrática, en un contexto de protección a la naturaleza.
Artículo 2.- Los derechos fundamentales no serán nunca considerados bienes económicos y tampoco sometidos a la lógica del mercado. Por el contrario, son bienes sociales y culturales indispensables para el pleno desenvolvimiento de la vida en sociedad.
Artículo 3.- Toda la sociedad, sus agentes y comunidades, tienen el deber de contribuir al logro de estos fines.
Nuevos principios que asoman dentro de este importante artículo constitucional que, quizás, aborda los temas más sociales y que pueden tener más impacto en la ciudadanía.
5- Derechos de la Naturaleza y Democracia Directa
La Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico continúa su trabajo de votaciones —en general— de normas. Las últimas aprobadas dicen relación con importantes ejes sobre la concepción de la primacía de nuevos principios medio ambientales que se deberían consagrar en el nuevo texto constitucional. Primero, se aprobó una norma que “incorpora mecanismos de democracia directa” y que establece que “toda autorización de actividades económicas o productivas que impliquen: riesgo para la salud de la población, reasentamiento de comunidades humanas, alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona (…)” deberá ser ratificada por una consulta comunal vinculante, universal, libre, secreta e informada”.
También, se aprobó una norma que “reconoce el derecho de libre acceso a lugares, sitios o bienes naturales comunes o paisajísticos”. Además, se aprobó un articulado que apunta a un tema que ha estado muy presente dentro del debate de la comisión y que dice relación con los animales y su condición de seres sintientes. La norma aprobada afirma que “el Estado protegerá a los animales, reconociendo su sintiencia e individualidad, debiendo protegerlos y prohibir las prácticas que los sujeten a crueldad a través de la legislación”.
A su vez, la semana pasada también se aprobó una norma que busca la nulidad de las actuales concesiones mineras, estableciendo su nacionalización, lo que generó un gran ruido —sobre todo— en el mundo empresarial por sus eventuales consecuencias en la actividad productiva minera. Sobre ese tema —en todo caso, —aún faltan por revisar otras propuestas de normas relacionadas al tema, las que deberán ser votadas antes de ser llevadas al Pleno, en donde, finalmente, se necesitarán los 2/3 para su aprobación final, es decir el voto de 103 convencionales.
Con todo, la comisión continúa revisando otras normas que apuntan hacia la consagración del buen vivir como principio, y la protección del medio ambiente en sus diversas manifestaciones, las que incluyen los derechos de la naturaleza.