Cardenal Errázuriz abandona grupo íntimo del Papa Francisco

El prelado aseguró que no se trata de una renuncia, sino que su salida tiene que ver con el término del periodo para el cual fue nombrado. El abandono de este selecto grupo se da en medio de fuertes cuestionamientos a la figura del cardenal, además de una querella criminal interpuesta por los denunciantes de Fernando Karadima.

El prelado aseguró que no se trata de una renuncia, sino que su salida tiene que ver con el término del periodo para el cual fue nombrado. El abandono de este selecto grupo se da en medio de fuertes cuestionamientos a la figura del cardenal, además de una querella criminal interpuesta por los denunciantes de Fernando Karadima.

Luego de cinco años de formar parte del Consejo de Cardenales C9, el cardenal emérito Francisco Javier Errázuriz confirmó su salida.

Según aseguró en radio Cooperativa, la razón dice relación con el término del periodo asignado para cumplir su rol como miembro de dicho organismo.

“Al terminar los cinco años, es decir, el periodo para el cual fui nombrado miembro del Consejo de Cardenales en representación de Sudamérica, fui a Roma a despedirme del Papa y a agradecerle el fecundo trabajo que nos confió para reformar la Curia Romana” dijo.

Cabe recordar que, en 2013, el Papa Francisco creó este organismo eclesiástico para que lo asesorara en el gobierno de la iglesia y la reforma a la curia. La entidad tuvo su última reunión a principios de septiembre, a la cual no asistió Errázuriz, según informó, por motivos personales.

Sin embargo, desde hace un tiempo se venía rumoreando la salida del cardenal del G9. Un medio digital español, aseguró que “el cardenal australiano George Pell y el chileno Francisco Javier Errázuriz serán expulsados del denominado C9”.

La salida de Errázuriz se da en medio de cuestionamientos a la figura del cardenal por su rol respecto a las denuncias de abuso sexual al interior de la Iglesia. Además, hace unos días la justicia admitió la querella criminal en su contra “como autor del delito de falso testimonio, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 209 del Código Penal”.





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