Recientemente la funcionaria que ejerce el cargo de Seremi Minvu de la 5° región resolvió que este hotel de 10 pisos ya construido se debe demoler, conforme a un fallo de la Corte Suprema, indicando que esa tarea la ejecutará el Serviu de dicha región, señalando que ella adoptó esa decisión rigiéndose por las atribuciones que le entrega el artículo 157° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), agregando que los dueños del edificio tienen 10 días para impugnar lo establecido por ella.
Ahora corresponde que el proceso de demolición se someta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y los dirigentes gremiales de la construcción pusieron el grito en el cielo, alegando que en Chile no existe “certeza jurídica”, dándose a entender que los fallos de los tribunales de justicia son arbitrarios. Pues bien, pasando por alto ese exabrupto, tenemos el deber de señalar que el artículo 148° de la misma ley le entrega atribuciones al alcalde de Concón para que proceda en los mismos términos, pero con una pequeña diferencia: quien asume los millonarios costos de la demolición es el privado que invirtió una suma del orden de los US$ 75 millones para construirlo.
Recordemos que el edificio se ejecutó en la zona Litoral Marítimo, acogiéndose a la Ley Lorca, amparado en el permiso de edificación N° 007 del 10 de enero de 2011, en cuyo formulario el Director de Obras Municipales (DOM), posteriormente destituido, consintió con su firma que la estructura tendrá 4 pisos (sic), con el pueril e impropio argumento de que los 6 pisos restantes estarían bajo el suelo natural del terreno localizado en la avenida Borgoño 18.115. Según disposición vinculante de la circular N° 138° del 19/11/2004 del Ministerio de Transporte, “todo proyecto inmobiliario aledaño a la Red Vial Básica” el titular del hotel tenía la obligación de contar con un Estudio de Impacto sobre el Transporte Urbano (EISTU) previo a la aprobación del permiso de edificación, lo que no ocurrió. Este negocio se regía por el Plan Regulador Comunal (PRC) de Viña del Mar del año 1980, pues en aquella fecha no existía en Concón un PRC.
Por lo anterior, nos preguntamos porqué el alcalde de Concón no adoptó la decisión que ahora toma la Seremi Minvu de la 5° región, ya que si el edificio, se llegara a demoler, los ingentes gastos saldrían de la caja fiscal, aunque en rigor correrían por cuenta de los contribuyentes que pagan impuestos. ¿Habrá existido un amistoso acuerdo entre el gobierno central y el gobierno local para cargarle la mano a los anteriores? En todo caso esta situación es irrelevante, pues por el tremendo daño ambiental que se produciría si se aplica la decisión de la mencionada Seremi, con un costo aproximado de US$ 4 millones, según empresas expertas en derrumbes, lo más lógico y prudente es que el edificio se mantenga tal como está actualmente.
Se afirma lo anterior porque en Chile existe la costumbre institucionalizada de que los edificios ilegales no se demuelen y ejemplos al respecto hay varios, como el caso de la torre de 19 pisos en la comuna de Recoleta, cuyo titular infringió la altura de 8 pisos consultada en el PRC, que el alcalde (PC) Daniel Jadue quería demoler, lo que fue impedido por un fallo de la Suprema, instancia que en todo caso, validó la postura del alcalde, en orden a que la DOM no puede cursar una recepción final, por lo tanto ese edificio terminado no puede ser habilitado.
Pero lo más grotesco se observa con los 85 guetos verticales en la comuna de Estación Central, todos declarados ilegales por el Minvu, por la propia Contraloría y cuando los empresarios interpusieron acciones en contra del ente fiscalizador, la Suprema los rechazó. El exalcalde (UDI) Rodrigo Delgado, desacatando los dictámenes de la Contraloría y sin darse por aludido con las sentencias del máximo tribunal del país, estuvo de acuerdo de que el DOM cursara las recepciones finales para esos edificios, por lo tanto ninguno se demolió.
Finalmente, se ha acreditado que el permiso de edificación del año 2011 estuvo mal otorgado, razón por la cual nos encontramos ante un nuevo hecho consumado. Buscando una solución posible para evitar un elefante blanco sobre los roqueríos en Concón, dado que el edificio no se demolerá, sería necesario un acuerdo entre las partes, de tal forma que la DOM respectiva curse una recepción final por los primeros pisos de la estructura, luego respetando la limitada altura de 7 metros, equivalente a 2 pisos y medio fijada en el PRC de Concón, con lo cual el hotel podría funcionar ahí, traspasándose el dominio de todos los m2 de los pisos superiores al municipio, para que éste los destine a sus propias funciones o las que estime conveniente.
Pero como en tales pisos hay varios miles de m2 disponibles, previas remodelaciones internas en el edificio y con un cambio en las reglas del juego urbanístico, resorte del gobierno central, en todos esos pisos se podrían habilitar viviendas para familias vulnerables, con lo cual sería una realidad el concepto de “integración social” que promueve el Ejecutivo. Estaremos atentos al desarrollo de los hechos.
Patricio Herman